Revista de Derecho, Vol. IX, diciembre 1998, pp. 255-261

RECENSIONES

 

Gamonal Contreras, Sergio, Introducción al Derecho del Trabajo, Editorial ConoSur Ltda., Santiago de Chile, 1998, 231 páginas.

 


 

En este libro el autor analiza los componentes esenciales del derecho del trabajo, desde una perspectiva doctrinaria y de la del derecho positivo vigente en nuestro país, inclusive en algunas ocasiones comparándola con la legislación extranjera.

Tiene por objeto dar una visión de conjunto y sistemática de esta rama del derecho, proporcionando una síntesis del derecho del trabajo, su naturaleza jurídica y fuentes, explicando sus caracteres y principios, profundizando el estudio de materias que son básicas para la cabal comprensión de nuestro ordenamiento laboral, como el orden público laboral, la normativa constitucional del trabajo y la nulidad y prescripción laboral, temas en los cuales se echaba de menos este minucioso e interesante tratamiento que realiza el autor en su obra y abordado con poca profundidad y frecuencia por los autores nacionales.

Para ello el autor divide su trabajo en seis capítulos, los cuales denomina y tratan respectivamente de:

1.- El Derecho del Trabajo, en el cual conceptualiza esta rama del derecho, haciéndose referencia a su evolución histórica, a su definición y estructura, a su naturaleza jurídica y a sus relaciones con otras disciplinas.

2.- Fuentes del Derecho del Trabajo conforma su segundo capítulo, en él se abordan las diversas fuentes de éste, dándose especial importancia al análisis de las fuentes del derecho constitucional, en particular al estudio de las normas constitucionales chilenas, tanto de la actual Constitución de 1980, como de la Constitución de 1925, destacando el rescate que el autor realiza de la cons- titucionalización de los preceptos laborales, la cual representa la consolidación de esta rama del derecho por dos razones: primero, porque da cuenta de la valoración e importancia que la sociedad da a ciertas normas laborales básicas que se contienen en el texto constitucional, elevándolas al máximo nivel normativo, y segundo porque además dichas normas laborales de rango constitucional son tuteladas por los mecanismos que la Carta Fundamental contemple a fin de asegurar la supremacía constitucional. Además, la obra proporciona una nueva interpretación de las disposiciones contenidas en nuestra actual Constitución1.

En este capítulo el autor recalca los principios que orientan a la Constitución Política de 1980 en materia laboral, refiriéndose sucesivamente al Principio de Libertad de Trabajo, al de la Justa Retribución , al de la No Discriminación , al de la Negociación Colectiva, al de la Libertad Sindical y al de la Autonomía Colectiva o Sindical. Concluyendo que los diversos preceptos contenidos en nuestra Constitución son los que inspiran el "orden público laboral", desde una perspectiva sustancial, siendo procedente, en consecuencia, hablar de una "Constitución Laboral", siendo su finalidad la participación de los trabajadores en la autodeterminación de sus destinos laborativos2.

Además, resulta de especial interés el párrafo referido a los derechos laborales contenidos en los Tratados Internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes.

3.- Caracteres, puesto que el autor considera que el estudio de los caracteres del Derecho del Trabajo facilita la comprensión de su especialidad y autonomía, destaca, como características de esta rama, el ser un derecho nuevo, en constante evolución, interventor, referido principalmente al ámbito privado, con gran desarrollo de la normativa colectiva, tuitivo, imperfecto en su expresión legislativa y de orden público.

Se le da especial importancia al "Orden Público Laboral", analizando y desarrollando en detalle y con gran acopio de antecedentes su concepto3, caracteres, consagración, entre otros. Se lo analiza como técnica normativa, destacando su carácter unilateral4 y los modelos estructurales del derecho del trabajo.

4.- Principios. Este capítulo contiene un pormenorizado estudio del importante tema de los principios orientadores del derecho laboral, siguiendo de cerca el esquema planteado por el profesor uruguayo Américo Pía Rodríguez, en su ya clásico libro sobre el tema5.

Se puede observar que para el autor la existencia misma de los principios que orientan una rama del derecho se justifica plenamente, por cuanto esta siempre debe poseer conceptos generales comunes que la distingan de otra, considerando como principios más relevantes: el Protector del Trabajador, el de la Irrenunciabilidad de los Derechos Sociales, el de la Continuidad de la Relación Laboral y el de la Primacía de la Realidad.

El Principio Protector con sus sub- principios Indubio Pro Operario, "la aplicación de la norma más favorable al trabajador" y "La condición más beneficiosa", siguen siendo muy importantes para el derecho laboral, lo que significa que el trabajador continúa teniendo el carácter de económicamente débil frente al empleador en la relación laboral, a pesar de los cambios producidos en la sociedad contemporánea. Realizando un análisis del actual Código del Trabajo, concluye el autor que este mantiene siempre una concepción proteccionista del Derecho Laboral, aunque más temperada que la del antiguo Código de 1931.

Uno de los más importantes principios es el de la irrenunciabilidad, el cual implica la imposibilidad jurídica de privarse voluntariamente de una o más ventajas concedidas por el derecho laboral en beneficio propio. Se fundamenta en la necesidad de velar, en cada contrato de trabajo, por intereses no sólo cicunscritos al trabajador individual, sino que tiene, además, una dimensión superindividual6. No sería coherente que el ordenamiento jurídico tutele imperativamente al trabajador, parte débil del contrato de trabajo, y luego dejase sus derechos al arbitrio de la autonomía de la voluntad. Fundamentándose principalmente la irrenunciabilidad en la noción de orden público y en la doctrina de los vicios del consentimiento, tal como lo señala Manuel Alonso García en su obra La Autonomía de la Voluntad en el Contrato de Trabajo.

En la obra se expone una novedosa interpretación en cuanto a la renuncia de los derechos laborales en Chile, consagrada en el artículo 5 del Código del Trabajo, destacando el análisis detallado que se ha efectuado en este libro de la jurisprudencia sobre el tema, como por ejemplo la aplicación errónea, a juicio del autor, de este principio a favor del empleador, realizada por nuestra Corte Suprema.

Otro importante principio desarrollado por el autor es el de la Primacía de la Realidad, el cual ha sido ampliamente reconocido por la jurisprudencia chilena, tanto judicial como administrativa, basada particularmente en el artículo 8 del Código del Trabajo.

5. -Nulidad, Prescripción y Caducidad conforma el capítulo quinto de la obra en comento y tal como señala el autor, son instituciones que si bien pudiera pensarse no corresponden a una "introducción al derecho del trabajo", su revisión es muy importante, ya que esta tiene por objeto analizar cómo los caracteres y principios descritos anteriormente modifican y determinan, de manera particular, a la nulidad laboral, a la prescripción y a la caducidad en materia de trabajo, las cuales han sido desarrolladas como instituciones en las que se plasman los fundamentos del Derecho Laboral, tratadas con un criterio de mucha rigurosidad técnica, resaltando las distinciones terminológicas y la aplicación de estos conceptos.

6.- Nuevas Tendencias del Derecho Laboral constituye el capítulo final de la obra, exponiendo de una magnífica manera, a mi juicio, su visión acerca de los desafíos futuros del derecho del trabajo en la actual sociedad, donde los derechos laborales de los trabajadores del sector público y los derechos civiles del trabajador, en cuanto ciudadano, son los principios orientadores en la materia. Así se abordan La expansión de las normas laborales hacia el sector público, La flexibilidad laboral, Los derechos ciudadanos del trabajador en el contexto laboral, La con- certación social, y Las nuevas funciones de los sindicatos.

De acuerdo a ello se analiza y concluye de que existe una tendencia a aplicar las normas del Derecho Colectivo del Trabajador al sector público, la cual ha sido particularmente clara en los países europeos y en la Doctrina de la OIT. En cambio, en nuestro país, el derecho sindical en la función pública ha sido reconocido sólo muy recientemente por medio 'de una ley especial, la cual transcribe las normas del Código del Trabajo, reglamentando las asociaciones de los funcionarios públicos. A la vez que se continúa prohibiendo la huelga en el sector público, a pesar de una larga historia de conflictos colectivos ilegales.

La flexibilidad laboral es analizada tanto desde el punto de vista doctrinario como del de la institucionalidad laboral chilena. Concluye el autor que nunca debe dejarse de lado la protección del trabajador, no obstante la necesidad de que existan normas laborales flexibles para el buen funcionamiento de la economía y las empresas; así pueden convivir normas rígidas y flexibles, dependiendo del tema de que se trate.

La concertación social se aborda como un signo de los tiempos actuales, intentos para que los actores sociales logren los acuerdos, los cuales pueden ser tripartitos o bipartitos, formales o informales, ocasionales o permanentes. Describe la reciente experiencia chilena en esta materia, resaltando su carácter incompleto e incipiente.

A modo de conclusión resalta y destaca que el autor, para la realización de esta obra, cita y consulta una nutrida y abundante bibliografía, la cual comprende las obras más representativas de la literatura jurídica laboral, tanto nacional como extranjera. Por lo demás, las materias aquí tratadas se encuentran muy bien complementadas con citas de nuestra legislación positiva. Siendo, asimismo, reiteradas las referencias que se hacen a la jurisprudencia, tanto judicial como administrativa.

Todo ello hace que esta obra sea de mucho interés, tanto práctico como doctrinario, para el derecho laboral, ingresando de este modo, en opinión de quien comenta, a la literatura de esta rama del derecho y pasando a formar parte en forma destacada de una nueva generación de iuslaboralistas latinoamericanos.

 

NOTAS

1 Página 40.

2 Página 42.

3 Señalando el autor varias definiciones dadas por diversos y destacados iuslaboralistas.

4 Página 109.

5 Los Principios del Derecho del Trabajo.

6 Guezzi, Giorgio y Romagnoli, umberto, Il diritto sindícale, Bologna, Zanichelli, 3a ed. 1992-1993, p. 331.

 

María Luz Tatter Acleh