ESTUDIOS FILOLÓGICOS, Nº 38, 2003, pp. 61-92
DOI: 10.4067/S0071-17132003003800005

 

 

¿Por qué escriben las mujeres? Documentos femeninos del período chileno colonial

Why do women write? Chile's colonial period writings by females

 

Manuel Contreras Seitz


 

Este trabajo pretende dar cuenta de la escritura de una parte de la población poco estudiada en nuestro país: el documento femenino. Si bien es cierto ha habido aproximaciones desde la perspectiva sociohistórica, la lingüística histórica poco ha dicho de las mujeres en Chile, salvo los estudios dedicados a la monja Úrsula Suárez. Se hará aquí una reseña del contexto de producción y se analizarán trece documentos judiciales y cartas de mujeres, comprendidos entre 1569 y 1756, escritos por doce autoras. Para los textos jurídicos, se seguirá el modelo retórico característico de este tipo de documentos, mientras que, en lo relativo a las cartas, el análisis se efectuará teniendo como patrón lo señalado por Antonio de Torquemada en su Manual de Escribientes.


This paper intends to show writing samples of females, which are hardly documented in Chile. Although some socio-historical studies have been carried out, historical linguistics has not referred to women, except for some studies done on Sister Úrsula Suárez. This paper makes a review on context production. In addition, thirteen judicial documents as well as personal correspondence written by twelve females between 1569 and 1756 will be analyzed. Jury texts will be studied from its rhetorical approach characteristic for this type of documents, while personal correspondence will be analyzed and contrasted in accordance with Antonio de Torquemada's work, Manual de Escribientes.


 

1. La sociedad colonial es, en esencia, el fruto de un conjunto de interacciones que presentaban una perspectiva de variada complejidad al inicio de la conquista y poblamiento de América, en general, y de Chile en particular. La diversidad cultural no es sólo producto de la variedad de pueblos indígenas, sino también de la estructuración de la migración hispánica al Nuevo Continente, que permite se vean alterados diversos aspectos de las normas y costumbres basadas en la comunidad peninsular de la época que contribuían a la reproducción del modelo social de la metrópolis.

En la desigual pirámide social que se va moldeando con el tiempo, en cuya cabeza se encuentran los peninsulares -que serán seguidos a posteriori por los criollos-, se va generando, tal como ocurre hoy en día, un paralelismo en el accionar diario. Por una parte, encontramos la relación existente entre quienes ejercían la administración y el gobierno del territorio, funcionarios de la Corona tales como gobernador, corregidores, oidores, tesoreros, factores, veedores, etc., junto con las de la autoridad eclesiástica respectiva, y, por otra, la vida de la sociedad en su conjunto y en su individualidad, donde los "negocios del buen gobierno" inciden sólo cuando llegan a afectarla de manera directa y concreta.

Es de suyo imaginable que, a la luz de la situación actual de la mujer en Chile y en nuestro continente, podamos efectuar extrapolaciones hacia el estado en que pudiera haberse encontrado ella cinco siglos atrás. En ese sentido, trataremos de entregar algunas referencias contextuales a fin de situar el marco de referencia de los textos escritos por mujeres que se analizan en este trabajo.

Usualmente, al menos en lo referido a Chile, las mujeres tenían una designación o una "nominación" en la vida histórica, ya sea por la relevancia social que pudiesen haber alcanzado o por la consignación de algún hecho considerado relevante según los cánones masculinos de la época. Las Cartas de Mujeres de Sergio Vergara o la Autobiografía de Úrsula Suárez transcriben -y dan cuenta de- testimonios de connotadas mujeres que marcaron hitos en la vida pública nacional. Sin embargo, la "otra historia", la de la cotidianidad, donde las acciones son menos ostentosas pero no por ello menos relevantes, ha sido dejada de lado. O tal como dice Azúa (1995: 5):

Entre esos sectores marginados, están las mujeres de la Colonia, de quienes tradicionalmente, el discurso histórico se ocupa sólo tangencialmente y configura una imagen genérica que pone énfasis en la condición dependiente y en la identificación de lo femenino con la esfera de lo familiar doméstico, y con determinados rasgos tales como la sumisión, abnegación y virtudes morales en torno a las cuales construye su caracterización. Sólo escapan a esa imagen las figuras de excepción que, por su participación en algún hecho estimado relevante y significativo, son objeto de referencias más amplias y de caracterizaciones más complejas y ricas en matices. Entre los casos más renombrados están los de Inés de Suárez y de Catalina de los Ríos.
Es más, no sólo llama la atención este "descuido" en la disciplina histórica, sino también en la lingüística -aun cuando hoy en día los temas de género estén ganando cada vez más adeptos-, que ha dado preponderancia a una lengua más "paterna" que "materna". En todo caso, los mismos documentos dejan entrever algo de la situación femenina, especialmente compleja, tal como ya lo indica un Juan de Cereceda (1 de septiembre de 1565), al solicitarle a su muy deseada señora que deje y venda sus pertenencias en España y pase con su hijo a este Nuevo Mundo, ya que, será cosa justa que abiendo gozado de la guerra y de tantos trabajos, gozemos agora del descanso y del fruto de mi sudor que con tanto peligro de mi cuerpo E ganado, El qual no podré gozar enteramente siendo vos mi señora ausente de mí. Es más, nuestro autor termina señalando que
... y saliendo / vos señora despaña para aca llegada que seais a no[m]/bre de dios y a panama hallareis socorro asi mio / como de amigos mios que van de aqui alla a merca/durias y desta manera no os faltaran diner[os] // paracabar Vuestro viaje y asimesmo os Encargo que llega/da que seais al piru por donde teneis de pasar esta una cibdad que se dize ariquipa tengo una hija que vaya / mi hijo y la procure y si no estuviese casada la trai/ga con vos que con los trabajos y guerras no le e podido / enviar rremedio tampoco como a vos y a mi amado / hijo...
Es decir, a las incertidumbres de tener que dejar un lugar conocido y, probablemente, de larga tradición familiar, para enfrentar un mundo no sólo diverso sino también rodeado de mitos y costumbres poco "hispánicas", se une el reconocimiento público, que luego pasará a ser generalizado y vox populi, de la infidelidad conyugal, ya que esta misiva constituirá el testimonio de doña Catalina Sánchez para poder viajar a tierras de la Capitanía General. Así, la situación de las mujeres en el período colonial dista bien poco de la estricta sumisión cristiana al matrimonio, dominio feudal masculino, con exclusión absoluta de cualquier tentativa intelectual, como no fuera en el mismo ámbito eclesiástico, uno de los motivos por los cuales muchas señoritas de cierta posición social "abrazaban" los hábitos conventuales, donde esta actividad no era considerada una grave trasgresión a las obligaciones femeninas de maternidad y labores domésticas familiares.

Mas no tan sólo son preocupaciones masculinas las que se ven reflejadas en los documentos, aun cuando éstos sean mayoritariamente escritos por hombres, sino que también algunas mujeres, peninsulares o criollas, dejan testimonio de sus vicisitudes e inquietudes en esta tierra, como lo hace Isabel Mondragón, escribiendo en 1569 a su sobrina Juana Bautista, a la sazón en Madrid, a quien expresa:

... ansi os prometo que no / abria contento oy En En [sic] El mundo / que mayor fuese. pa vuestras prima que beros / en su compania por Estar comosta sola / y sin hijo ninguno y muy Rica. pa pode / ros faborescer a bos y a vuestro ma / rido y a vuestras dos hermanas y por amor de / dios yos lo rruego. que Las traygays aca porque A / ca las casare muy bien y ansi os lo rruega Luis ternero // y vuestra prima que Las traygays con bos pues / estan guerfanas y sin padre y madre...
AGI, IG, 2085
DHLH, p. 167

Como es posible observar, no es sólo la "defensa y buen gobierno de las Indias" lo que concita el interés de tales escritores, sino asuntos mucho más "cotidianos" pero que forman parte de las redes sociales que se van tejiendo en torno de los individuos y de los grupos que componen la sociedad colonial, como escritura de la estructura de dominación, la que no sólo alcanza al indígena, sino también al español, en la medida en que este tipo discursivo diseña el sistema colonial, refrendando aspectos tales como lo permitido y lo prohibido, la cautela por los bienes, los compromisos económicos establecidos por la causa, las solicitudes de mercedes en virtud de dichos compromisos, entre otros tópicos.

En todo caso, es bien diversa la función que llevan a cabo las mujeres blancas respecto de las demás -indígenas o mestizas, esencialmente-, ya que el rol primordial que se les asigna es el de reproducir el modelo "tradicional" donde la mujer se dedica a la crianza de los hijos. Debido a ello, entre otras posibles razones, el matrimonio es un acto económico convenido por los progenitores, a fin de garantizar la descendencia y asegurar la herencia para los hijos legítimos. Asimismo, aun cuando existen algunos testimonios de separaciones, éstas eran poco frecuentes entre españolas y criollas, más bien por un asunto de "honor familiar" y de "guardar las apariencias" que por otros motivos, lo cual era una condicionante mucho menos tomada en cuenta por las familias más pobres, donde el mal trato y la infidelidad del marido -o lo que hoy llamaríamos "violencia intrafamiliar"- eran causales ciertas que propiciaban este desenlace de la situación; en todo caso, en muchas oportunidades esto se tornaba en un problema de otra naturaleza, pues la mujer se veía forzada a ganarse la vida como sirvienta o vendedora ambulante, por ejemplo. Todo ello se ve reforzado por la intransigencia de la Iglesia Católica respecto al aspecto sexual: la mujer sólo podía ejercer su sexualidad en el matrimonio y con el exclusivo fin de procrear. No es raro, entonces, observar matrimonios con niñas entre doce y quince años, según algunos historiadores han observado, con el objeto de reforzar el régimen patriarcal. De esta manera, pocas figuras son llevadas a sitios de relevancia, por lo que cabe destacar los ejemplos de Inés Suárez y Catalina Erauzo, también conocida como la Monja Alférez.

En todo caso, las circunstancias particulares del período de conquista hacen que las mujeres, debido a la alta tasa de viudez que se produce, por una parte contraigan matrimonio más de una vez y, por otra, producto de esta misma situación, vayan heredando los bienes que han quedado de la sociedad conyugal anterior, lo cual aumenta la "demanda" por casamiento de parte de los hombres y, a su vez, va permitiendo que las mujeres adquieran paulatinamente una mayor intervención en la concreción de ciertos negocios y en la administración de las haciendas. Lo que se les niega en el ámbito privado va eclosionando en el público, con las restricciones propias del contexto.

Escasos, de todas maneras, son los testimonios documentales de mujeres que encontramos para el período colonial. La mayor parte de ellos se sitúa en la etapa de fines del siglo XVIII e inicios del XIX, por lo cual este incipiente corpus que aquí presentamos -13 documentos, entre los siglos XVI y XVIII- puede ser de alguna utilidad en el inicio de este expurgo.

2. Ahora bien, los textos que hemos encontrado para este período responden, esencialmente, a dos tipos: las cartas y los escritos judiciales. Las primeras encarnan la manifestación más profunda de la intimidad y de la cotidianidad de la vida femenina. Sergio Vergara señala al respecto:

...gracias a estas pequeñas y domésticas cartas la mujer va definiéndose, sale de las sombras de la historia y se hace persona testimonial, en una doble actitud, a veces se vuelca hacia su interior, abriendo la llave de los recuerdos y sentimientos más íntimos como también le sirve para expresar su opinión, para hacer valer su derecho a decir y a actuar en condiciones que le permiten superar el rincón en que los hombres quieren confinarla...
Aun cuando pudieran surgir variados temas, los que hemos podido recoger se concentran en el ámbito familiar y en la necesidad de socorro material por parte de algún pariente.

En cuanto a los textos de orden jurídico, tal como señala Ximena Urzúa, se puede apreciar otro aspecto, ahora de carácter público, de la actuación de la mujer chilena en este período, ya que

El acto de demanda -aun cuando su producto, el texto sea obra de un escribano- revela desde ya una ruptura de la generalizada imagen de la mujer pasiva, acatadora, dependiente que se generaliza para la mujer chilena de la Colonia. El discurso judicial de acusación y defensa de una causa que se orienta a persuadir al juez de la legitimidad y justicia del caso que se expone para obtener un fallo favorable, constituye una acción verbal que en sí misma vale como intervención de la mujer en el ámbito público para instalar en él situaciones que le afectan y para actuar sobre los destinatarios -que son representantes del sistema judicial y, por ende, del poder- requiriendo soluciones para los problemas que se exponen.
La mujer, en efecto, se presenta aquí de manera mucho más activa que lo que supone Salinas (1994: 92) aunque, en sentido estricto, se refiera a un tipo de mujeres que conformaba la sociedad colonial, puesto que
La imagen de la mujer ideal en los sectores cercanos al poder colonial, es aquella que muestra recogimiento, recato y discreción frente a su entorno familiar y social; disciplina en el cumplimiento de las obligaciones que impone la religión; además de la asistencia frecuente a la rutina de eventos religiosos, el contacto periódico y estrecho con el confesor es obligatorio. El recogimiento lleva implícita la negación a manifestaciones mundanas, en algunos casos.

Claro está que éstas no eran las únicas mujeres presentes en la sociedad colonial, lo cual sería ocultar, una vez más, la presencia de la mujer indígena y también de la mujer negra. Sin embargo, aun cuando queda esta constancia, no haré otra referencia a ellas, por cuanto la documentación de que daré cuenta tampoco expresa mayormente sus vicisitudes.

Los textos que aquí analizamos -y que se encuentran transcritos paleográficamente al final de este artículo- van desde 1569 a 1756 y corresponden a Isabel Mondragón (15/09/1569), Andrea de Morales (28/04/1592), Francisca Ramón (12/06/1592), Gerónima de Acurcio (1/09/1620), Isabel de Agurto (28/06/1635), Elena Ferrer (31/03/1670), María Macaya (22/11/1695 y 10/04/1704), Josefa Cortés y Monrroy (07/08/1696), Bernarda de la Arraygada (29/08/1737), María de Araya (07/08/1739), Isabel Pardo (19/03/1741) y Juana Morales Chacón (10/04/1756), es decir, tres del siglo XVI y cinco de los siglos XVII y XVIII, respectivamente.

Algunos de ellos, siete en total, corresponden al estereotipo documental, en el ámbito judicial, como los de Andrea de Morales, Francisca Ramón, Gerónima de Acurcio, Isabel de Agurto, Elena Ferrer, Bernarda de la Arraygada y María de Araya. La mayor parte de ellos parece haber sido escrito por escribanos, dado el apego a patrones textuales claramente identificables, como ya se explicará. En uno de estos documentos, con todo, pareciera haber intervenido la mano directa de su autora -Gerónima de Acurcio- ya que, siendo una abadesa de un convento, tendría mayores probabilidades de acceso a la cultura y al desarrollo intelectual, lo cual se ve refrendado por la caligrafía del texto y de la firma.

En cuanto a los casos de Isabel de Agurto y de María de Araya, de todas maneras, aun cuando no parecen ser documentos autógrafos, ya que dista la grafía del texto respecto de la de signatura, al menos pudiera haber sido dictado por ella, debido al estilo personal con que se manifiestan estas mujeres chilenas criollas.

En todo caso, la estructura general del texto en el caso de estas autoras responde, como se dijo, a un patrón similar al resto de los documentos judiciales, aun cuando tengan características propias, como las intitulaciones de Muy poderoso señor o la de Señor Presidente Governador y Capitan General. Cortés (1986: 32), señala que la documentación oficial -analizando el documento real clásico- correspondiente a la actio y conscriptio respectivas, poseería el siguiente esquema:

Protocolo inicial: 1, Intitulación; 2, Dirección; 3, Salutación, y 4, Notificación.

Texto: 1. Exposición; 1.1, Petición; 1.2, Expresión de la lesión del derecho, y 1.3, Súplica de remedio de la misma. 2, Dispositivo; 2.1, Asentimiento real de proveer en lo que se pide, y 2.2, Mandato.

Escatocolo o Protocolo final: 1, Conminatoria; 2, Fecha, y 3, Suscripciones.

Claramente existe una distinción con el documento jurídico que analizamos, debido al cambio de destinatario y al tipo de provisión a que se refieren los manuscritos. De hecho, en el protocolo sólo tres de ellos llevan una intitulación. En los demás, se pasa directamente a la dirección, que en estos casos corresponde a la identificación del o de los reclamantes (nominación y presentación):

 

Nominación

      Presentación

1

Andrea de morales,

viuda, muger que fui de geronimo. del pesso. di/functo que sea en gloria,...

2

françisca Ramon

hija de joan rramon marinero...

3

Doña geronima de acurcio

abadesa del convento / de monjas de la Regla del señor san agustin...

4

Doña ysabel de agurto

pobre de solenidad conosida...

5

Doña Elena ferer

--> y los capitanes Salba=/dor peres de Ortega y
Juan Baptista Manzo

biuda del Cappitan Gonçalo gomes de lamas / su albacea y tenedora de bienes -->

asimesmo albaceas

6

Doña, Bernarda de la ârraygada
--> y Don Juan Manuel de Apello

Víuda de Don Juan calderon de / la
Barca -->

7

Doña Maria de Araya

biuda del Capitan Juan de la / Uega Castro

Salvo en el escrito de Isabel de Agurto, quien de su estado sólo nos da a conocer su situación económica, los restantes ubican a la demandante en el ámbito social de la época, en relación con su estado civil, filiación o condición, así como la de quienes acompañan a la autora en la redacción del documento (albaceas, Don Juan Manuel de Apello).

El texto del documento consta, en la primera parte del mismo, de todos los elementos señalados por Cortés (1986), vale decir, la Exposición se encuentra enteramente desarrollada, como podremos observarlo a continuación (la exposición se hará siempre en el mismo orden de las autoras contemplado en la tabla anterior):

 

  Exposición Petición Lesión de derecho Súplica de remedio
1 digo, que El dicho mi marido. abra que / murío, año y medio, poco mas o menos. y dexo. çiertos bienes. y / por sus Hijos legitimos yv mios, a luis del pesso. yv daminana / de morales, yv geronimo. y teressa, yv felissiana, yv joan, yv antonia / yv sebastian, todos los quales son menores de Hedad,

yv a mi / como su madre legitima me pertenesçe la tutela y cura/duria de ellos


(implícita)
(implícita) Pido y supplico a Uuestra merçed me prouea de la dicha tutela y curaduria / de los dichos mis hijos y de sus bienes. que yvo estoi presta / de hazer la solemnidad del juramento. y dar las fianças / que soi obligada, yv pido justiçia yv en lo nesçessario
2 Pa/resco ante Vuestra merçed y como mejor a mi derecho conbenga / digo que el dicho juan rramon mj padre murio en los rreino / del piru. y dexo por su albaçea a juan martjn cabesas / que biue En el callao al qual dexo sus bienes y / dellos manda se me acuda con çierta quantia como a tal / su hija E yo soi menor de veinte y çinco años y mayor / de catorze que tengo hedad de diez y ocho años

y me / conbiene se me nonbre tutor y curador para que cobre / los dichos bienes quel dicho mj padre me dexo y me los traiga / A esta çiudad y rreino

porquel dicho juan martjn / no me los. a querido enviar diziendo yo me baya / a lima y que alla me los dara E yo no quiero / hir a lima nj salir deste rreino donde es my / natural A Vuestra merçed pido y suplíco me mande prober / del dicho tutor y curador dando poder para / que enbie a cobrar los dichos mis bienes y que / se me traigan a esta çivdad y en todo pido justiçia
3 digo / que la causa executiva contra los bienes / del general don Luis Jufre donde el dicho / convento esta opuesto por el principal / y corridos
a muchos dias y meses que esta / para determinar por estar conclusa la dicha / causa
(implícita)
y el dicho mi convento padese mucha nes/cesidad por auer mas de dies años no se / conbran los corridos que es la Renta con / que nos sustentamos a Vuestra Alteza Pido y suplico mande con / Breuedad. determinar la dicha causa / por la mucha nescesidad. deste dicho convento / y religiosas del y pido Justiçia
4 en la / causa con christóbal de agurto mi hermano...esetuando el dicho quarto de casa

{y como tal vuestra altesa lo a y debe confirmar y mandar / se llebe a debida ejecusion}

del qual parese biene suplicando ... y asi el dicho auto esta muy justificado ... atendiendo que no e sacado... descargada el alma del difunto por todo lo qual y mas fab[ora]/ble~ / a vuestra altesa Pido y suplico que en considerasion de lo dicho y si[n] / lugar a mas dilasiones y escritos se sirba confirmar el dicho auto [da]/do en todo según que tengo pedido y es justisia la qual pido y en / mas nesesario
5 decimos que por fin y muerte del dicho difunto que=/da con por sus biene las casas de ssu morada, y algunos es=/clavos, y otros bienes muebles

y para que se sepan los que son / se a de seruir Vuestra merçed de mandar se haga Inbenttario de Ellos / En forma y conforme a derecho

para que se entregen con claridad / y distincion a mi a mi la dicha tenedora para Entregarlos a quien / fuera parte legitima por tanto=/ A Vuestra merçed pedimos, y suplícamos se sirua de mandar hazer / en todo según que de suso pedimos justicia, y lo mas nessecario
6 Como mejor forma de Derecho / paresemos ânte Vuestra merced y dessímos que Doña Antonía del Campo / Lantadilla; Víuda de Don francisco de zílba a selebrado Venta / â los Reberendos Padres de la Compañía de Jesus de este co/lejío Maccimo de santiago de Vna Biña sítuada en la caña/da aríba en la calle que llaman de la ollería. la qual biña/ quedo por fin y muerte del Cappitan Don Juan del campo lantadílla / que fue su lejítimo dueño

{se a de sirbír Vuestra merced de mandar que el dínero / que dichos Reberendos Padres estan prontos a dar en paga / Real de dicha Viña no se entregue a dicha Doña Antonía si/no que se rretenga y deposite en la persona que a Vuestra merced pare/Cíere Conbeniente para que no se dicipe dicho ymporte en tan/to que deducimos Nuestra accíon y derecho a dicha finca lo / cual protestamos aser luego yncontinente.}

y porque dicha Biña no pertenese / Según derecho a la dicha Doña Antonía por no ser título lejíti/mo pues la escríptura de compra que díse tener a su fabor / otorgada por Doña Xrisptobalina Ganboa es ynzubeístente / y otorgada contra derecho por aber cído en dicha benta perjudíca/dos ynormísímamente los herederos de dicho Don Juan del can/po lantadilla Nuestro bíssabuelo lo cual protestamos de/ducír y probar con ystrumentos en la forma que nos / Conbenga por tanto=/ A Vuestra merced pedimos y suplícamos se sírba de mandar que dichos / Reberendos Padres sean notofocados en la persona de / su procurador que dicho dinero no se entregue a dicha / Doña Antonia sino que se retenga y deposíte Como lleba/mos dicho que es justísia
7 como mejor proseda de derecho Pa/resco ante Vuestra señoria i digo que como costa de la escrí/tura que presento con el Juramento y solemnidad nese/saría durante nuestro matrimonio conpro el dicho / mi marido al monasterio de monjas de la lín/pia Concepcion Vna Estancía de tierras nonbra/da Rutal alias Riaguí deuaxo de los linderos / que en ella se expresan i estandola Poseiendo / desde 22 de julio del año pasado de 722 hasta lo / presente {se ha de seruir Vuestra señoria de man[dar] / se le notifique al dicho Xauíer Montenegro [re]/tire sus ganados a sus línderos dejandome ... i por su falta a otra qual/quier persona} hauiendola arrendado a Christobal Can/pos en el aciento i Poblacion ... para euita[r] / estos Daños Y los demas que de su Yntrepi[dez] / se deuen reselar

i por tanto= / A Vuestra Señoria pido Y suplico que hauiendo por Presentada la esc[ri]/tura de Uenta se cirua de mandar hacer lo [que] / lleuo pedido que Es de justicia

En el primer documento, podemos apreciar que la petición ha quedado implícita en el contenido del texto, ya que lo que se requiere, en realidad, es que se asigne el beneficio señalado a su legítimo beneficiario, en este caso, la madre de los hijos mencionados. Asimismo, se afecta el derecho de la demandante, también expresado tácitamente, por cuanto no se le ha dado la tutela y curaduría a pesar del fallecimiento de su esposo hace ya año y medio. Situación similar encontramos en el tercer documento, donde la petición implícita sirve de antecedente catafórico a la súplica de remedio. Por otra parte, en el quinto texto, lo que se expresa de aquella manera en la lesión de derecho, más que un agravio es un reconocimiento de legalidad, ya que se pide un inventario para que haya claridad en la entrega de los bienes y no quepan dudas de la legítima posesión.

En los textos 4, 6 y 7 se ha alterado el orden de la petición, la cual va dentro de la lesión de derecho. Isabel de Agurto (texto 4) es mucho más fuerte en la manifestación de esta solicitud, probablemente por causa de su situación, ya que, recordemos, es pobre de solenidad conocida, al utilizar un acto de habla más imperativo: y como tal vuestra altesa lo a y debe confirmar y mandar, a diferencia de los "se ha de servir Vuestra merced" o "se ha de servir Vuestra señoría", que denotan un nivel de interlocución mucho menos directo.

En algunos de los textos se termina asegurando que la demanda no se hace de malicia ni con otra intención que no sea la de obtener justicia. De esta manera tenemos que Elena Ferrer escribe "y Juramos a Dios y a la Crus en forma de derecho no ser / de malicia"; Bernarda de la Arraigada, a su vez, dice que "y Juremos a Dios Nuestro señor no ser d[e] // Malicia", mientras que María de Araya, después de un encendido discurso, asegura: "y juro a Dios [y a] / la Crus no ser de malicia Uerdadera=".

Finalmente, en el escatocolo, la estructura, si bien coincide en lo global, tiene algunas modificaciones propias de este tipo de texto, donde, después del testimonio de la demandante, el escribano redacta esta coda colocando, en primer término, la data; luego la acción ejecutada, la conminatoria acordada y la suscripción respectiva. En nuestros documentos se estructurarían de la siguiente manera:

Data
Acción ejecutada
Conminatoria
Suscripción
1 en la çiudad de santiago rreyno de chile a veinte / y ocho dias del mes de abril de mjll E quinientos / y nobenta y dos años
ante El capitan gregorio Sánchez / corregidor y justicia mayor en eta dicha çiudad y por / ante mj El escriuano se Presento Esta petiçion
E por / su merçed bista dixo) que. Haga la solenidad de / El juramento y de las fianças que es obligada / y fecho Esto su merced le discernirá tutela y cura/duria En forma y asi lo proveyó E mando
E firmo de su nombre / gregorio Sánchez / ante mj gines de toro maçote / scriuano rreal publico y de cabildo
2 en la çiudad de santiago. En doze dias del mes / de junio de mjll E quinientos E nouenta y dos años ante El lesençiado. antonio descouar alcalde ordinario por su merçed / E por ante mi gines de toro scriuano publico y del cabildo dell[a] / se presento Esta petiçion. En nombre de la suso dicha / françisca rramon - E por su merçed Bista dixo que nombre la / persona que ha de ser curador. E que bista su / calidad y sufiçiençia para eòte Efecto. su merçed. / prouehera justiçia E que daua y dio comjsion a mj El scr[iuano] / para que ante mi declare su boluntad y asi lo proueyo E f[irmo] / de su nombre / El Lisençiado Antonio [descobar] [firmado] / ante mj gines de toro maçote [firmado] / scriuano rreal publico y de cabildo
3 † en la çiudad de Santiago de chile en Primero dia del mes de / setiembre de mill y seiscientos y beinte años ante los señores / pressidente y oidores desta Real audiencia estandola / haciendo se pressento esta peticion y Por los dichos señores vista mandaron que esta / causa se traiga en difinitiva estando en / estado = maldonado [firmado]
4 en la ciudad de santiago de chile en veyn[te] / y ocho dias del mes de junio de mill y seissient[os] / y treynta y sinco anos ante los enores Pre[sidente] / E oydores desta rreal audiençia estandola hazien/do sse Presento esta petision ~ ~ e Por los dichos Úeñores vista mandaron traer / los autos = suarez [firmado]
5 ... esta çiudad de santtiago / de chille en ella en treynta y vn dias del mes de / marzo de Mill y sseiscientos y setenta Años == Proueyo. lo de suso declarado. y lo firmo El señor. Maestro de / Campo. General. Don Juan RodolPho. Lizperguer Alcal / de hordinarío de primer voto.

Hagase el ymbentario de los bienes que que /daron por fin y Muerte del capitan Gonzalo / Gomes de lamas en la forma que se pide Para los / efetos que vbiere lugar de derecho = Don Juan Rodolpho / Liperguer

ante mi / Juan de Agurtto [firmado] / scriuano publico y Real

6 ... en Santiago en Veinte y nuebe de Agosto de mil set[ecientos] / treinta y siete años   el Muy Reverendo. Padre. Procurador. general. de la Conpania de Jhesus reteng[a] /en su poder el dinero de la Posesion que se espresa en [es]/te escrito y traslado ___ ...Doctor Astorga [firmado] / Proueyo y firmo el decreto de Suso el Señor. Doctor. Don Anttonio. de Asto[r]/ga chantre de esta santa yglesia Catholica. Procurador. y Veedor general del / obispado ... Ante my / Joseph Rodrígue [firmado] / Nottario Publico
7 Santiago y Agosto 7 de 1739 años

Por presentados los Instrumentos Autos y vístos

Notífíquesele a xauier de Montenegro / luego y sin dílasíon alguna Retire sus ga[na] / dos fuera de los Línderos de las tierras perte / nesiente a esta parte y le deje líbres las que se / conprehenden desdel serrito redondo hast[a] / la maxada que llaman de Barrera y // que no tenga atrabíessa de obra ní de palabr[a] [roto] / por si ni por Interpuestas personas con esta / parte Sus hijos familiares ni arendataríos / y que a estos no los amenase ni ímpida sus arenda / mienttos pena de síen pesos aplicados en la / forma ordinaria y de las demas que fueren de / mi arbitrío y se comete su notifícacíon / al Alcalde de minas de tiltíl y por su fal / ta a otra qualquier persona Español que sepa / ler y escriuir para que la hagan so las dichas / penas en presensia de testigos Y en virtud des / te decreto que Sirva de despacho en forma = Manso [firmado] Licenciado [ilegible] [firmado] / 69 Henestroza [firmado]

Como podemos observar en estos ejemplos, todos ellos datan con ciudad y fecha. En el marco de las acciones ejecutadas, los cuatro primeros documentos dejan constancia de su ejecución ante las autoridades pertinentes que reciben la demanda; el quinto, declara una acción directa: la provisión inmediata de lo solicitado, que no es el mandato vinculado con el texto siguiente -el inventario de bienes. El documento de Bernarda de la Arraigada carece de una acción claramente efectuada y sólo nos da cuenta de la conminatoria determinada por la autoridad, en tanto, el último texto sólo alude a la acción ejecutada por el escribano, sin mencionar, como en los casos anteriores, quiénes han sido los receptores del instrumento jurídico presentado.

En lo relativo a la conminatoria del documento, en cinco casos ésta se resuelve a través de una autoridad unipersonal con facultades para ello: un corregidor, dos alcaldes ordinarios, un procurador eclesiástico y un licenciado que, probablemente, también haya cumplido función alcaldicia.

Los documentos 3 y 4 presentan una estructura similar sólo con una diferencia en la autoridad que resuelve, por cuanto la petición o demanda se efectúa ante la Real Audiencia, que está conformada por un Presidente y los respectivos Oidores. En cuanto a las suscripciones, en general, éstas corresponden a las autoridades mandantes y/o a los escribanos públicos que redactan el texto.

3.En este apartado haremos referencia a las cartas de mujeres que hemos podido encontrar en el expurgo documental del período en estudio. De estos textos, uno corresponde al siglo XVI, dos al XVII y tres al XVIII; a su vez, cinco de estas cartas son personales, mientras que la última de ellas se dirige al Rey: Isabel Mondragón, en 1569, escribe a su sobrina; María Macaya, en 1695 y en 1704, escribe a su primo, mientras que Josefa Cortés hace lo propio con el mismo personaje. Hacia mediados del XVIII, 1741, Isabel Pardo dirige una emotiva carta a su hijo en Lima, mientras que, en 1756, Juana Morales recurre a la Persona Real para clamar por justicia.

Antonio de Torquemada en 1552 entrega algunas consideraciones que parecen haber sido características de la tipología escrituraria de la época -consideraciones pragmáticas o enmarcadas en la competencia comunicativa, diríamos hoy-, a fin de que el redactor de la carta pudiera tener éxito en la transmisión del mensaje que deseaba comunicar. Dice nuestro autor,

forçado será al que escreuiere que mire qué estado y condiçión es la suya, y si es ynferior de aquél a quien escriue, para acatarle y reuerençiarle con palabras en que reconozca la superioridad o valor /.../ y así, el que es vn honbre de pueblo, si tuuiere ocasió[n] de escreuir al Rey o al Papa, o al Enperador, ha de ser con las palabras más humildes que podiere hallar para hazerlo, y lo mesmo el vasallo al señor, y el clérigo súbdito al ob[is]po, y conforme a esto en todos los otros estados que fueren superiores al suyo; y no solamente han de hazer esto en las palabras vmildes, sino / tanbién la cortesía y tratamiento /.../

Esta primera necesidad escrituraria, que tiene sus raigambres en la tradición grecolatina, se ve reflejada con bastante notoriedad en las cartas de nuestras autoras. Transcribo aquí parte de los textos y subrayo algunas de las expresiones que más directamente nos indican la condición del tratamiento dado al interlocutor, según su "calidad", respecto de la mujer que escribe la misiva. La variación estilística es lo suficientemente amplia, a pesar de lo escaso del corpus, como para permitirnos vislumbrar un perfil de habla formal, correspondiente necesariamente a cierto grado de cultura y sector social, pero que se acerca a la cotidianidad del habla criolla tan estrechamente como es posible para un discurso escrito.

 

Autora
Texto
Isabel Mondragón
Siempre que abido con quien os E escrito a bos... haziendos saber ... siempre os Enbiaba a rro/gar que pues. alla pasabades tanta nececi/dad como siempre me abeys Escrito que os biniese/des. aquesta tierra. ... beros aca y faboresceros vuestros trabajos / pues bendito dios podemos ... os rruego mucho a bos y a vuestro marido que / os bengays lo mas brebe que pudieredes...
María Macaya (1)
Primo y sor mio. llege A esta su casa ... boi disendo a Vuestra merçed ... en lo que mi ermano le dira a Vuestra merçed... en lo que toca al negosio de Vuestra merçed... en lo que quede con Vuestra merçed de enbiar... quedo rrogando a dios le de a Vuestra merçed / mucha salud en la buena conPañia de mi se[ño]/ra Dona bartolina mi Prima... mui señor mio / Besa Las Manos de Vuestra merçed...
Josefa Cortés
Señor mio y mi Primo. estrañara Vuestra merçed / mucho... po-/niendome con todo el debido rendimiento. / a la Voluntad de sus ordenes y / de mi señora Da Bartolina mi señora y mi prima / cuya mano con la de Vuestra merçed beso con toda / Venerasion y rendimiento... quiero suplicar a Vuestra merçed... y estimara que Vuestra merçed / Vea si gusta de pasarmelos en quenta / Asi mesmo tiene Vuestra merçed... o sera lo que Vuestra merçed / alla mandare averiguar... se / Valga tambien Vuestra merçed de mi poder... obrara en esto Vuestra merçed como quien / hase por su servidora a que toda la vid[a] / estare agradesida... Vuestra merçed / me perdone y me mande... Sor. mio / Besa.Las.Manos. de Vuestra merçed su prima / y rendida servidora
María Macaya (2)
Muí sor mío y mí Prímo No se como Ponderar a Vuestra merced... no se como sígníficarselo a Vuestra merced... tengo / el anParo de Vuestra merced... quíero Por esta consultar a Vuestra merced mí determínasíon... es Vuestra merced testígo... sabe Vuestra merced dejo esta encomíenda... asi no / mas del consejo de Vuestra merced Para la rresolusíon... Prímo de mí alma... estímare que Vuestra merced antePusíese / su autorídad con el senor obísPo... no tengo mas que desír sino s[e] / gundo a díos me le guarde. Para anParo nuestro y [de] / tantos Juerfanos y esto que sea en la ama[ble] / conPañía de mí señora Dona Bartolína [mí] / Príma a quíen yo y mí yja besamos la mano [pues] / ta a los Pies de Vuestra merced y demas angeles de cas[a] / desta su casa... Muí señor mío _ / de Vuestra merced _ críada y Príma que mas lo [ilegible] / y su / Mano Besa
Isabel Pardo
hijo de mi Corazon... saves lo amante que soy / de mi patria... no tienen a quien volver / los ojos, si no es a ti que estas / en lugar de tu padre... quien / dara por bien ejecutado qual / quier cosa que hagas en bene / ficio de ellas, valiendote de ze // layeta, que ya te escriuira sovre / el asumpto, te aseguro... / recibir tus cartas, por la noticia / que me das de tu salud de lo / gustoso que te hallas con mis / hermanas que te estan cuydan / do como te decia, y esperimenta / ras cada dia... tu / eres buen testigo... todas las que te favorecen... no puedes tener casa de mas con / fianza y me alegro que la ten / gas... ten / dre mucho gusto de que frequen / tes estas casas y les daras mis me / morias, no me dices nada de la / casa de la vermudes... muy amigo // de tu tio, a los palaciegos conser / valos en amistad sin molestarlos... solo / en esto has tenido desgracia, en / yr al tiempo de no conoserla pero / si las avias de perder, tuvieras mas / que sentir,... las cosas / estan como las dejaste dios lo remedie y a ti te guarde como deseo... tu Madre que desea ynfinito / Verte / hijo querido... La Pardo
Juana Morales
Muy. Poderoso. Señor... a los pies de Vuestra; Magestad... esperimen / tando Calamidades siendo Vasallos, y subditos de / Vuestra; Magestad... suplicando a Vuestra; Magestad... me / querello ante el justo poder de Vuestra; Magestad. y haziendo / mension de lo referido se a de seruir Vuestra; Magestad... y ser facultativo a la Real Persona de Vuestra. Magestad... Vsando Vuestra; Magestad. de la / superior. facultad: se ha de serbir de atender a mi / rrendida representasion... Guarde Dios la Sacra, Real, Persona. de Vuestra, Magestad los / muchos años como la Cristiandad necesita... de Vuestra; Magestad: Su Rendida / Subdita

En las cartas que analizamos es posible distinguir, al menos, tres grados de formalidad: los manuscritos de Isabel Mondragón e Isabel Pardo, en el punto más cercano a la informalidad del habla cotidiana, aun cuando el texto de esta última se encuentre todavía más rondando ese límite. Luego, los de María Macaya y Josefa Cortés, donde se dirigen a un familiar que ocupa un importante cargo en la administración civil del gobierno y, finalmente, el de Juana Morales, dirigido a la persona del Rey, realizando una petición de justicia.

En el primer grupo podemos apreciar que el círculo de intimidad es el más estrecho entre los interlocutores. Isabel Mondragón utiliza el vocativo de cortesía, el pronombre de 2 persona -con las desinencias verbales correspondientes-, para dirigirse a su sobrina: os, vos, pasábades, habéis, viniésedes, vuestros, por citar algunos. En tanto, la otra Isabel, madre del destinatario de la carta, quien escribe 172 años después que su congénere anterior, utiliza una estructura léxico-semántica mucho más cercana y afectiva; de hecho se emplea el en sus diversas manifestaciones morfosintácticas, ya sea de pronombre átono o desinencia verbal, principalmente. Pero también la familiaridad está conseguida a través de la expresión "hijo de mi corazón" o "tu Madre que desea ynfinito / Verte / hijo querido". En tanto, nuestras otras dos autoras usarán el tratamiento de "Señor mío" y de "Vuestra Merced", para dirigirse al Capitán Juan de Ugarte Urrispurro, primo de quienes escriben los textos presentados. Si bien es cierto al interior de la carta puede apreciarse un cierto grado de familiaridad, no llega a ser tan estrecho como el que manifiestan, a todas luces, nuestras dos Isabeles, sobre todo si consideramos los cierres de las cartas, donde las autoras utilizan las fórmulas "Besa las manos de Vuestra Merced" o "Muy Señor mío de Vuestra Merced criada y prima". En todo caso, este tratamiento tampoco debe sorprendernos, ya que el propio Torquemada hace referencia a los diversos tratamientos de cortesía que deben emplearse, dependiendo del destinatario de la carta, lo que ocurre plenamente con los casos descritos. Finalmente, Juana Morales también muestra su adecuación al altísimo destinatario de su misiva, ya que utiliza el tratamiento de "Muy Poderoso Señor", que refuerza el de "Vuestra Magestad", "Real Persona de Vuestra Magestad", o la fórmula de cierre "Sacra Real Persona de Vuestra Magestad"; no existe otra posibilidad, ya que el único que puede recibir el tratamiento de Muy Poderoso Señor es la persona de un Rey o del Papa.

Otra consideración que hace Torquemada se relaciona con la materia o asunto que ha de tratarse en una carta; en general, el maestro hispano aconseja:

Muy obligados están los que escriuen a otros a considerar primero qué cosa es aquélla que tratan o piden o persuaden o procuran, y si es justa o ynjusta, buena o mala, fácil o dificultosa, sin peligro o peligrosa, posible o ynposible, perjudiçial o sin perjuizio, onrrosa o con alguna mengua y desonrra, sin enhaño o engañosa, y finalmente, si lo que queremos, tratamos y pedimos es cosa que como amigos podemos pedir, y como ynferiores suplicar, y como mayores mandar, y como yguales querer de n[uest]ros yguales, y quando no fuere tal que si a nosotros se nos pidiese, no lo haríamos con voluntad, tanpoco es razón que queramos que aquellos a quien escreuimos la hagan por nosotros /.../

Por lo tanto, a pesar de los diversos asuntos tratados en los manuscritos, cada uno de ellos se debiera ajustar a alguna de estas premisas. A continuación se entregará un extracto de las cartas, para dar cuenta de la relación que existe entre la teoría escrituraria de la época y la praxis cotidiana.

 

Autora
Texto
Isabel Mondragón
siempre os Enbiaba a rro / gar que pues. alla pasabades tanta nececi / dad como siempre me abeys Escrito que os biniese / des. aquesta tierra. pues sabeys que no abria con / tento para mi ni para vuestra prima y su marido / que beros aca y faboresceros vuestros trabajos / pues bendito dios podemos... os rruego mucho a bos y a vuestro marido que / os bengays lo mas brebe que pudieredes porque / doquiera que llegaredes hallareys. socorro de lo / que vbieredes menester. y ansi os prometo que no / abria contento oy En El mundo / que mayor fuese. para vuestras prima que beros / en su compania por Estar comosta sola / y sin hijo ninguno y muy Rica. para po / deros faborescer a bos y a vuestro ma / rido y a vuestras dos hermanas y por amor de / dios yos lo rruego. que Las traygays aca porque A / ca las casare muy bien

María Macaya (1)
boi disendo a Vuestra merçed desde el dia que / me aParte de sus conPañia que llego mi ermano y luego / executo al correxidor de colchagua y asimesmo / al de maule y asimesmo a todos los demas... en lo que toca al negosio de Vuestra merçed __ / en lo que toca al mío me fue mal Porque no alle mas / de enbarasos y Pleito y mensuras... en lo que quede con Vuestra merçed de enbiar

Josefa Cortés
A mi prima / señor pongo por intersesora para lo que / quiero suplicar a Vuestra merçed a quien en / sus muchos embarasos no dudo sera / mi encargo muy pesado __ pero puedo / fiar de su fauor no se negara a / fauoreserme en ocasion que en esta / ciudad. no puedo hallar persona de / igual confiansa... Va el poder incluso para que / Vuestra merçed por haçerme fauor aJuste estas / quentas - sirviendose de Ver lo que / montan... en el remate de la estansia para / que en esta ocasion Voy çitada se / Valga tambien Vuestra merçed de mi poder / para sacarla por el tanto sin dar a / entender antes del remate que / la quiero... y en fin obrara en esto Vuestra merçed como quien / hase por su servidora a que toda la vid[a] / estare agradesida =... tambien tengo que advertir a Vuestra merçed y rogarle que / reconuenga al capitan martín gonzales rogandole / que se acuerde de abonarme...

María Macaya (2)

No se como Ponderar a Vuestra merced. / mís muchos cuídados que cada dia se me acresentan / bíendome tan acosada de tantas nesesídades teníendo / a la bísta Una yja bíuda con Vn esPítal de desdíchas / así ella como sus yjas que no se como sígníficarselo a Vuestra merced / mas desPues buelbo los ojos a dios y le Pído se duela de / mí y destos Pobres Verfanos y me consuela con desír tengo / el anParo de Vuestra merced que es el que síemPre me a faboresído / y conosco no tengo mas Padre ní mas bíen que su mucha carí / dad y asímesmo conosca se duele de mí y de mís desdichas / y como Podetarío de todos mís negosios y de mí boluntad / quíero Por esta consultar a Vuestra merced mí determínasíon mobída / de la consíensía de ber mí yja con la suma nesesída que la / beo... quíero yr arroxarme a los Píes del senor. [Pre] / sídente y sígníficarle mís trabajos y a Pedír[le] / justísía Pues conosco dejo muchos bíenes y qu[e] / estan gosando de ellos y que mí yja síendo legítí[ma] / eredera caresca dellos y le sobre nesesídades... y asi no / mas del consejo de Vuestra merced Para la rresolusíon / se lo Comunícara con los letrados y me enbiar[on] / desír lo que e de aser en esta rrason~... así estímare que Vuestra merced antePusíese / su autorídad con el senor obísPo que el cura no se / metíese con el ní con su níeto ní con mís cosas así con / el como del correxídor Porque no me saquen al ní / eto a Parte nínguna...

Isabel Pardo
no tengo / palabras para significar co / mo me tiene el lamentable suceso / de lima... unico consuelo que he tenido, des / de que llego esta fatal noticia / recibir tus cartas, por la noticia / que me das de tu salud de lo / gustoso que te hallas con mis / hermanas que te estan cuydan / do... nunca dude del cariño de chave / lita espinola... y ten / dre mucho gusto de que frequen / tes estas casas y les daras mis me / morias,... a los palaciegos conser / valos en amistad sin molestarlos... Las novedades de por aca son / temores de las amenasas tan repetidas / que hemos tenido desde el mes de ju / lio hasta el presente... espero en la misericordia de dios // aplaque su yra y a ti te de lus para / conoser los beneficios que le debes y / sepas corresponderlos, estos trabaji / llos han sido causa de no embiarte / nada que quedo vien mortificada ha sido el año trabajoso con la / abundancia de agua, se ha perdi / do las sementeras... la muerte de mi / muy amada madre, que solo / en esto has tenido desgracia, en / yr al tiempo de no conoserla... y no omitas esta diligencia... se portan con juysio, no / dan que hazer en casa ni el colegio... como a las niñas, la juanita entro / en exercicios... te dire que la residencia de mi Compadre se perdio en la delibransa y las cosas / estan como las dejaste

Juana Morales
Con duplicados motibos supone mi obligacion con / rrendida obediensia a los pies de Vuestra; Magestad. motivada / de la Vrgensia de nesesidad en que me allo constituida / yo, y mi pobre familia Viuda desanparada Con sinco / hijos y tres hijas donsellas, y sin remedio: esperimen / tando Calamidades siendo Vasallos, y subditos de / Vuestra; Magestad. / Y haziendo. transito a lo prinsipal de esta mi pro / sa desendiendo a su Contenido suplicando a Vuestra; Magestad. / se mueva a piedad, y me atienda siendo de justisia / que no dudo se dara el debido remedio a esta mi petision... hauiendo. Don. / fadrique de Vreta pretendido posession. a dichas tierras / se le dieron sin titulo ni derecho, y se abandono el Justificar / titulo dominio, y propiedad que. tengo a ellas... que me / querello ante el justo poder de Vuestra; Magestad. y haziendo / mension de lo referido se a de seruir Vuestra; Magestad. de mandar / a los Señores. ministros de la Real. Audiencia. se me de el deuido / remedio para que no peresca mi justisia y derechos que / son tan claros siertos y e ynfalíbles que no admiten / duda... en supuesto / de lo espresado, y ser facultativo a la Real Persona de Vuestra. Magestad. el / mandar se me atienda en Justisia por no poder ocurrir / con los ynstrumentos. al supremo C[o]nsejo de Yndias por ser / este recurso ynposible para mi por allarme totalmente. / destituyda por mis Cortos medios, y cresidos costos... y en esta atenssion Vsando Vuestra; Magestad. de la / superior. facultad: se ha de serbir de atender a mi / rrendida representasion mandando a los Señores. / ministros de esta Real Audiencia. se abra este juysio / y se siga de nuebo, y en su birtud se determine / dandole a cada yndibiduo lo que. justamente le per / tenese

Nuevamente aquí podemos apreciar, debido a las consideraciones pragmáticas que ya señala el mismo Torquemada, que los tres grupos de textos que identificamos son diferentes: en el primero de ellos, cartas más bien personales, se requiere, en un caso, que la destinataria cumpla con la petición de la autora, pues interesa al propio bienestar de la receptora y de su familia que "os biniésedes aquesta tierra" para entregarles el socorro que necesitan, ya que la familia "americana" tiene los medios y la voluntad. En el otro caso -Isabel Pardo- la madre no procura otra cosa que requerir información sobre su tierra natal, aconsejar y encargar diligencias a su hijo que se encuentra en la capital del Virreinato y enviarle noticias de los acontecimientos sociales y familiares que pudieran ser de su interés.

De María Macaya y Josefa Cortés es posible decir, en este segundo grupo de documentos, que su escritura va dirigida por la necesidad que expresan a raíz de los muchos sucesos infaustos que les ocurren. El primer documento de M Macaya es más bien de carácter informativo: "boi disendo a Vuestra Merçed desde el día que me aparté de sus conpañía...", es decir, relata un sinnúmero de desventuras a partir de un determinado momento de su vida. Las otras dos cartas ya aluden directamente a la urgencia de que se haga justicia en las situaciones que allí se señalan, tanto así que Josefa Cortés llega a decir: "A mi prima, señor, pongo por intersesora para lo que quiero suplicar a Vuestra Merced, a quien en sus muchos embarasos, no dudo, será, mi encargo, muy pesado"; sin embargo, tiene confianza en la disposición favorable hacia su persona María Macaya, por otra parte, tiene un intermediario más poderoso, pues es el mismo Dios quien la encomienda a su primo: "buelbo los ojos a Dios y le pido se duela de mí y destos pobres vérfanos, y me consuela con desir tengo el anparo de Vuestra Merced, que es el que siempre me a faboresido". Claro está que lo solicitado es "dificultoso" para el destinatario, pues en ambas peticiones se compromete la autoridad del Comisario General, por lo cual debe emplearse una abundante cantidad de recursos lingüísticos para predisponer positivamente la voluntad de Juan de Ugarte a la realización de los favores solicitados. En la medida en que la petición implica mayores 'embarazos', de la misma manera encontraremos en el texto una cantidad proporcional de razones que muevan al destinatario a cumplir con ella (desgracias ocurridas, paupérrima situación económica, flagrante injusticia, consuelo divino, por mencionar algunos).

En cuanto al texto de Juana de Morales dirigido al Rey, el tono de la carta corresponde a una petición en forma de súplica, cuya gravedad es de tal consideración que permite omitir cualquier otro acto que no sea el de la expresión de la necesidad y de la súplica: "Y haziendo. tránsito a lo prinsipal de esta mi prosa, desendiendo a su contenido, suplicando a Vuestra; Magestad. se mueva a piedad, y me atienda siendo de justisia que no dudo se dará el debido remedio a esta mi petisión". El soberano, en todo caso, habida consideración de su postura regia, debiera saber excusar esta pobreza retórica en el tratamiento de cortesía.

Un tercer aspecto considerado en este tipo escriturario es el por qué del texto, vale decir, el motivo específico que ha tenido la productora del documento para dirigirse a un interlocutor, o mejor dicho, tal como lo señala el propio Torquemada:

Lo terçero que se ha de considerar el que escriuierre vna carta es la razón o causa por que escriue, y si es sufiçiente y bastante para hazerle escreuir /.../ y así nos lo aconseja Séneca en estas palabras: en qualquiera cosa que hezieres, considera primero la causa, y quando hallares en ella prinçipio, mira qué tal será la salida. /.../ Tanbién los que escriuen han de mirar si a ellos mesmos les está bien, porque toca a su fama, a su onrra, o a su hazienda, o porque es cosa que conviene a aquellos mesmos que escriuen, y en tal caso con mayor façilidad se ha de hazer, y avn con palabras y razones de muy mayor eficaçia que quando lo hazen porque son ynportunados, o porque no quieren dar ocasión a que se agrauien dellos; y finalmente, quando bien se mirare y considerare el por qué se escriue vna carta, pocas vezes podrá errarse, el por qué guía la traça, y las razones, y la manera del pedir o del rogar y suplicar.

Como pudimos apreciar en los extractos citados anteriormente, los motivos se centran, básicamente, en dos preocupaciones: las familiares y la obtención de justicia. Extensas cartas a una sobrina y a un hijo demuestran la estrechez de lazos y la intimidad cotidiana de las relaciones; mientras que las dirigidas a Juan de Ugarte o al Rey hacen referencia a las vicisitudes cotidianas de las mujeres en circunstancias en que no sólo deben cumplir con un rol socialmente asignado, como madres, sino también con el eventual -que como ya hemos comentado no era poco frecuente- de resolver los "negocios de la hacienda".

Pero no sólo las anteriores consideraciones tiene el filólogo hispano cuando nos aconseja sobre los aspectos pragmáticos de la carta, sino que también el cuidado de la oportunidad en que se ha de efectuar la escritura. Sin duda alguna, por la perspectiva que asume, el énfasis está puesto en el documento que llegará pronto a su destino, o bien, cabe la posibilidad ciertamente, que considere que las autoridades regias deben siempre manifestar una determinada disposición frente a sus súbditos, por cuanto dice:

... avemos de considerar y guardar el tienpo y lugar para entender quándo nos conviene tratar y escreuir sobre vna materia, y quándo sobre otra, y quándo están las personas a quien escreuimos en disposiçión de poder condesçender a n[uest]ra petiçión haziendo n[uest]ro ruego, o alegrándose de las nuevas que les ynbiamos, o agradeçiéndonos el auiso que reçiben; porque verdaderamente, los que no saben esperar tienpo, sino que ynconsideradamente hablan o escriuen o negoçia[n] / sin tener atençión al tienpo y a quándo les está mejor hazerlo, por la mayor parte pierden sus negoçios y se les niega lo que piden por sus cartas /.../
Es decir, no sólo los motivos que dan origen a la carta deben ser importantes para el redactor de la misma, sino que, además, debe considerarse el "estado de ánimo" de quien recibirá la misiva. Si se trata de un ruego o súplica, como en las dos terceras partes de los textos consignados en este punto, es mucho más necesario contar con una actitud favorable hacia la persona que escribe. Tal predisposición a actuar puede lograrse empleando recursos estilísticos como a los que ya hemos aludido. Por otro lado, si las 'cartas mensajeras' llevan proposiciones, noticias, recomendaciones o encargos, la aproximación puede ser mucho más familiar y sólo ha de cuidarse, en las primeras, de no socavar la autopercepción del beneficiario de la propuesta, consecuente con lo cual, por ejemplo, Isabel Mondragón dice: "os rruego mucho a bos y a vuestro marido que os bengáys lo más brebe que pudiéredes... para poderos faborescer a bos y a vuestro marido y a vuestras dos hermanas".

Finalmente, termina señalando Torquemada una última consideración sociolingüística, complementando sus primeros dichos sobre las "calidades" de los destinatarios de las misivas, a fin de que el que escribiere tenga los cuidados pertinentes para no agraviar al interlocutor, sea cual fuere su condición. En este sentido recomienda:

La vltima consideración, y no menos prouechosa y neçesaria que las pasadas es que los hombres consideren y miren primero en todo lo que hablaren o escreuieren, la manera con que lo dizen y escriuen, para que no yerren, porque sobre vn mesmo negoçio y en vn mesmo caso, a los príncipes se escriue de vna manera, y a los s[e]ñores de otra, y a los yguales diferentemente, y asimesmo a los ynferiores, dando y aplicando a cada vno las palabras de su dinidad y mereçimiento, que a vnos se habla suplicando, y a otros rogando, y a otros pidiendo, y a otros mandando; y tanbién se ofreçen cosas en que es neçesario que las palabras sean dulçes, suaves y blandas, amorosas, humildes, y en otras que sean algo ásperas, ensañadas, quexosas, agrauiadas; y con vnos hombres se puede hablar menospreçiándolos y teniçendolos en poco, mostrando grauedad y seriedad, y con otros, estimándolos en mucho, acatándolos y reuerençiándolos, hablándoles con mucha afiçión y mostrándoles muy gran voluntad, y para todo esto ay neçesidad de muy gran discreçión y consideraçión en los que escriuieren, haziéndolo de manera que no hagan yerro.
Por ello los tratamientos son tan diversos; en el círculo de mayor intimidad apreciamos la aparición del tuteo, mientras que el voseo es característico de una relación parental, si bien próxima, no tan cercana como la de una madre con su hijo. Además, aparecen los vocativos de "Vuestra Merced", "Muy Señor Mío" y ya, en el mayor grado de formalidad, las correspondientes al Rey: "Muy Poderoso Señor" y "Vuestra Magestad".

4.La mayoría de las investigaciones han mostrado que el análisis detallado del discurso puede revelar propiedades del contexto social que de otra manera sería difícil de precisar (van Dijk 1997, 1998, por ejemplo), cuestión de suyo necesaria para las ciencias sociales que necesitan describir y explicar no sólo grandes y abstractas estructuras sociales, sino que también el micronivel en el que tales estructuras se producen realmente en la vida cotidiana, por ejemplo, a través del discurso y de otras formas de interacción de los miembros como actores sociales.

El discurso puede ser observado desde distintas dimensiones. En un caso interesa la dimensión referencial del discurso, es decir, nos interesa el discurso tan sólo en cuanto hace referencia a una realidad extradiscursiva, a unos hechos o acontecimientos a los cuales se refiere, mientras que en otros casos el discurso tiene interés en sí mismo en cuanto acción discursiva: bien por ser producto de una subjetividad que tiene una sociogénesis determinada (en el caso de la dimensión expresiva) o bien por tener capacidad de producir o inducir conductas y procesos acordes con él (en el caso de la dimensión pragmática). En la interacción y experiencia cotidianas los macro y microniveles conforman un todo. Existen muchas formas de analizar y relacionar estos niveles y, con ello, lograr un análisis crítico unificado.

Pero cada uno de los textos, en particular, nos acerca no sólo a los recursos lingüísticos que pudieran haber estado en vigencia en una época determinada, sino también a condiciones de producción y de recepción de ese mismo discurso que ameritan una mayor detención, tal vez monográfica, sobre estos aspectos. Aquí he pretendido, en todo caso, dejar sembrada la inquietud por aunar esfuerzos en el proceso de sacar a la luz no sólo la forma de construcción de nuestros discursos a través del tiempo, sino también en el de rescatar nuestra memoria colectiva que forma parte, sin lugar a dudas, de un modo global de perfilar la identidad de un pueblo, la identidad de una nación. En estos momentos en que la globalización puede aparecer como el fantasma de la universalización absorbente, encontremos en nuestras raíces la necesaria guía de nuestro devenir.

Universidad de Los Lagos
Depto. de Humanidades y Artes
Casilla 933, Osorno, Chile
E-mail: mcontrer@ulagos.cl

OBRAS CITADAS

Azúa Ríos, Ximena. 1995. Las prácticas judiciales de la Colonia. Siglos XVII-XVIII. Historia de nuestras bisabuelas, tesis para optar al Grado de Licenciada en Lengua y Literatura Hispánica, Universidad de Chile, Facultad de Filosofía y Humanidades, Departamento de Literatura.

Azúa Ríos, Ximena. 2003. "Los Textos de las Mujeres de la Colonia en Chile. Un Intento de Clasificación" Centro de Estudios Culturales Latinoamericanos. Universidad de Chile, I Taller de Extensión, http://www.uchile.cl/facultades/filosofia/centros/cultura/azua.html.

Cortés Alonso, Vicenta. 1986. La escritura y lo escrito. Paleografía y Diplomática de España y América en los siglos XVI y XVII. CSIC: Madrid.

Salinas, Cecilia. 1994. Las chilenas de la Colonia. Virtud sumisa, amor rebelde. Santiago: LOM.

Torquemada, Antonio de. 1970. Manual de Escribientes. 1552. Ed. M Josefa C. de Zamora y A. Zamora Vicente. Boletín de la Real Academia Española: XXI.

Van Dijk, Teun. 1997. Racismo y Análisis Crítico de los Medios. Buenos Aires: Paidós.

Van Dijk, Teun. 1998. Discurso e Ideología. Buenos Aires: Sociedad Argentina de Lingüística.

Vergara, Sergio. 2001. "Las cartas de Santa Teresa de Ávila, modelo epistolar de América". CyberHumanitatis:19.http://www.uchile.cl/facultades/filosofia/publicaciones/cyber/cyber19/svergara.html

 

ANEXO

Documentos Transcritos

A.G.I., Indiferente General 2085 [DHLH:167-168; transcripción: Alfredo Matus].
Tema: Carta a su sobrina, instándola a acogerse bajo su protección en La Serena.
Autor: Isabel Mondragón

15-septiembre-1569

hija mia

Siempre que abido con quien os E escrito a bos / 2 y a vuestro marido. pedro de mora haziendos saber / 3 de como yo y vuestra prima maria mondragona / 4 y su marido luis ternero Estabamos buenos / 5 de salud y En Ellas siempre os Enbiaba a rro / 6 gar que pues. alla pasabades tanta nececi / 7 dad como siempre me abeys Escrito que os biniese / 8 des. aquesta tierra. pues sabeys que no abria con / 9 tento para mi ni para vuestra prima y su marido / 10 que beros aca y faboresceros vuestros trabajos / 11 pues bendito dios podemos. porque nunca a sido / 12 devdo ninguno de todos quantos allastays / 13 para benirnos. a ber pues sabeys que yo y vuestra / 14 prima Los podiamos rremediar. ansi que / 15 os rruego mucho a bos y a vuestro marido que / 16 os bengays lo mas brebe que pudieredes porque / 17 doquiera que llegaredes hallareys. socorro de lo / 18 que vbieredes menester. y ansi os prometo que no / 19 abria contento oy En El mundo / 20 que mayor fuese. para vuestras prima que beros / 21 en su compania por Estar comosta sola / 22 y sin hijo ninguno y muy Rica. para po / 23 deros faborescer a bos y a vuestro ma / 24 rido y a vuestras dos hermanas y por amor de / 25 dios yos lo rruego. que Las traygays aca porque A / 26 ca las casare muy bien y ansi os lo rruega Luis ternero // 27 y vuestra prima que Las traygays con bos pues / 28 estan guerfanas y sin padre y madre por / 29 alla anda vuestro primo francisco de morales mondra / 30 gon bien creo que si acaso aportase por alla / 31 que os traeria muy a vuestra honrra no tengo / 32 mas que os Encargar Este negocio y si quereys. / 33 ynformaros de comostamos aca. alla ban har / 34 tos honbres de chille de quien podreys ynfor / 35 maros de la berdad Luis ternero y maria mondra / 36 gona vuestra prima os besan las manos y las de vuestr[o] / 37 marido pedro de mora al qual rruegan mucho me / 38 ta calor En la benida pues Es para bosotros / 39 El probecho que no para mi desta çiudad de la serena / 40 a quinze de setienbre de mill E quinientos y sesenta / 41 y nuebe años A vuestra tia. maria mondragon / 42 le dezia que si rrescibio los cien pesos de oro que le lleb[o] / 43 marti hernandez que hera un onbre casado / 44 En esta ciudad natural de la billa de olme / 45 do / 46 Vuestra tia que todo bien / 47 os desea / 48 Ysabel mondragon [firmado]

A.N.S., Escribanos de Santiago, Vol. 8, f. 52.
Tema: Solicitud de tutoría y curaduría de bienes de sus hijos
Autor: Andrea de Morales - Ginés de Toro Mazote

28-abril-1592

- Andrea de morales, viuda, muger que fui de geronimo. del pesso. di / 2 functo que sea en gloria, digo, que El dicho mi marido. abra que / 3 murío, año y medio, poco mas o menos. y dexo. çiertos bienes. y / 4 por sus Hijos legitimos ¥v mios, a luis del pesso. ý damiana / 5 de morales, ý geronimo. y teressa, ý felissiana, ý joan, ý antonia / 6 ý sebastian, todos los quales son menores de Hedad, ý a mi / 7 como su madre legitima me pertenesçe la tutela y cura / 8 duria de ellos - § / 9 Pido y supplico. a Uuestra merçed. me prouea de la dicha tutela ý curaduria / 10 de los dichos mis hijos y de sus bienes. que ýo estoi presta / 11 de hazer la solemnidad del juramento. y dar las fianças / 12 que soi obligada, ý pido justiçia ý en lo nesçessario. / 13 andrea de morales [firmado] § / 14 [letra de Ginés de Toro] en la çiudad de santiago. rreyno de chile. a veinte / 15 y ocho dias del mes de abril de mjll E quinientos / 16 y nobenta y dos años ante El capitan. gregorio sanchez / 17 corregidor y justisia mayor eneÚta dicha çiudad y por / 18 ante mj El escriuano se Presento Esta petiçion E por / 19 su merçed bista dixo) que. haga la solenidad de / 20 El juramento y de las fianças que Es obligada / 21 y fecho Esto su merçed. le disçernira tutela y cura / 22 duria En forma y asi lo probeyo E mando E / 23 firmo de su nombre / 24 gregorjo sanchez [firmado] / 25 ante mj gines de toro maçote [firmado] / 26 scriuano rreal publico y de cabildo

A.N.S., Escribanos de Santiago, Vol. 8, f. 59.
Tema: Solicitud de nombramiento de tutor para que cobre bienes en herencia
Autor: Francisca Ramón - Ginés de Toro Mazote

12-junio-1592

françisca Ramon hija de joan rramon marinero Pares / 2 co ante Vuestra. merçed. y como mejor a mi derecho conbenga / 3 digo que el dicho juan rramon mj padre. murio en los rreinoò / 4 del piru. y dexo por su albaçea a juan martjn cabesas / 5 que biue En el callao al qual dexo sus bienes y / 6 dellos manda se me acuda con çierta quantia como a tal / 7 su hija E yo soi menor de veinte y çinco años y mayor / 8 de catorze que tengo hedad de diez y ocho años. y me / 9 conbiene se me nonbre tutor y curador para que cobre / 10 los dichos bienes quel dicho mj padre. me dexo y me los traiga / 11 A esta çiudad y rreino porquel dicho juan martjn / 12 no me los. a querido enbiar diziendo yo me baya / 13 a lima y que alla me los dara E yo no quiero / 14 hir a lima nj salir deste rreino donde es my / 15 natural § / 16 A Vuestra. merçed pido y suplíco me mande prober / 17 del dicho tutor y curador dando poder para / 18 que enbie a cobrar los dichos mis bienes y que / 19 se me traigan a esta çivdad y en todo pido justiçia / 20 françisca rramon [firmado] § / 21 [letra de Ginés de Toro] en la çiudad de santiago. En doze dias del mes / 22 de junio de mjll E quinientos E nouenta y dos años / 23 ante El lesençiado. antonio descouar alcalde ordinario por su merçed / 24 E por ante mi gines de toro scriuano publico y del cabildo dell[a] / 25 se presento Esta petiçion. En nombre de la suso dicha / 26 françisca rramon / 27 - E por su merçed Bista dixo que nombre la / 28 persona que ha de ser curador. E que bista su / 29 calidad y sufiçiençia para eòte Efecto. su merçed. / 30 prouehera justiçia E que daua y dio comjsion a mj El scr[iuano] / 31 para que ante mi declare su boluntad y asi lo proueyo enmendado E f[irmo] / 32 de su nombre / 33 El Lisençiado Antonio [descobar] [firmado] / 34 ante mj gines de toro maçote [firmado] / scriuano rreal publico y de cabildo

A.N.S., Real Audiencia, Vol. 427, f. 130.
Tema: Solicitud de fin de causa de bienes
Autor: Gerónima de Acurcio - Bartolomé Maldonado

1-septiembre-1620

Muy poderosso sor

[letra de Gerónima de Acurcio] Doña geronima de acurcio abadesa del convento / 2 de monjas de la Regla del señor san agustin digo / 3 que la causa executiva contra los bienes / 4 del general don Luis Jufre donde el dicho / 5 convento euta opuesto por el principal / 6 y corridos a muchos dias y meses que esta / 7 para determinar por estar conclusa la dicha / 8 causa y el dicho mi convento padese mucha nes / 9 cesidad por auer mas de dies años no se / 10 conbran los corridos que es la Renta con / 11 que nos sustentamos _ § / 12 a Vuestra Alteza Pido y suplico mande con / 13 Breuedad. determinar la dicha causa / 14 por la mucha nescesidad. deste dicho convento / 15 y Religiosas del y pido Justiçia / 16 doña geronima / 17 de acurcio [firmado] § / 18 [letra de Bartolomé Maldonado] † en la çiudad de Santiago de chile en Primero dia del mes de / 19 setiembre de mill y seiscientos y beinte años ante los señores / 20 pressidente y oidores desta Real audiencia estandola / 21 haciendo se pressento esta peticion ___ § / 22 y Por los dichos señores vista mandaron que esta / 23 causa se traiga en difinitiva estando en / 24 estado = maldonado [firmado]

A.N.S., Capitanía General, Vol. 176, fs. 50 - v.
Tema: Solicita no se remate casa recibida en herencia
Autor: Isabel de Agurto - Martín Suárez

28-junio-l635

Muy poderoso señor

[letra de Isabel de Agurto] Doña ysabel de agurto pobre de solenidad conosida en la / 2 causa con christóbal de agurto mi hermano albasea y tenedor de / 3 los bienes que quedaron por fin y muerte del dean don geroni / 4 mo lopes de agurto asimesmo nuestro hermano en el articulo de lo / 5 que tiene pedido los acreedores que se an mostrado partes en / 6 esta causa los dichos bienes en rason de que se bendan los bíe / 7 nes raises por las rasones que alegan y que en la dicha benta / 8 y remate entre el quarto de casa que el dicho mi hermano / 9 me lego de las suyas para en parte de pago de beinte años y mas / 10 de serbisio personal que le yse como costa de la clausula del / 11 testamento que tengo presentada en cuya conformidad vuestra / 12 altesa me anparo en el por autos de bista y rebista en contra / 13 ditorio juisio de todas. las dichas partes. y me metio en po / 14 sesion del como agtualmente lo estoy y echa dibision y parti / 15 sion de dicho quarto por hernando baes. persona a quien / 16 vuestra altesa nombro para el dicho efetto digo que vuestro presidente / 17 y oydores. probeyeron auto en la dicha causa por el qual decla / 18 raron deberse bender y rematar esetuando el dicho quarto de casa / 19 del qual parese biene suplicando el dicho albasea disiendo que el re / 20 mate se a y debe entender con dicho mi quarto de casa por las rasones que ale / 21 ga aqui no satisfago por ser todas ellas fribolas y sin fundamento y a / 22 ber caido los dichos autos referidos sobre ellas mismas. y. las mas / 23 ser como son sinhiestras. demas de que los dichos derechos que / 24 asi alega y tiene alegados. no son suyos ni de su defensa ni tiene que / 25 entrar ni salir en ellos pues solo les conpete a los sensuatarios y no / 26 al susodícho quiso no siendo la rason y justificasion del dicho mi / 27 legado y que ay bienes sufisientes. para la satisfasion de dichos sensos / 28 pues dejando como dejo el dicho difunto mas de beinte mil pessos / 29 y que los dichos sensos. caben en ellos. y estan saneados ninguno / 30 a querido repugnar el dicho legado y asi el dicho auto esta muy / 31 justificado y como tal vuestra altesa lo a y debe confirmar y mandar / 32 se llebe a debida ejecusion atendiendo que no e sacado otro premio / 33 al cabo de sinquenta años que les estado sirbiendo demas que uel / 34 ba solo el quarto de casa <y este era la cauallerisa> donde estoy muy contenta y aca[bar][roto] / 35 los pocos dias que me quedaren de bida en el sin que muera [roto] // 36 sirbiendo y si bien se atiende y considera tras pungnansía que tie[ne] / 37 el dicho christobal de agurto con los derechos. que no le conpeten se / 38 ra ser pasíon conosida sin causa que yo le aya dado para ello y [a] / 39 vuestra altesa con eNtera considerasion de todo lo dicho se deuen [roto] / 40 a que soy mujer pobre y mayor y que pasiones no an de ser parte para q[ue] / 41 se me deje de dar lo que tan justamente se me lego con que quedar[a en] / 42 parte descargada el alma del difunto por todo lo qual y mas fab[ora] / 43 ble ~ § / 44 a vuestra altesa Pido y suplico que en considerasion de lo dicho y si[n] / 45 lugar a mas dilasiones y escritos se sirba confirmar el dicho auto [da] / 46 do en todo segun que tengo pedido y es justisia la qual pido y en / 47 mas nesesario / 48 doña yssauel de a / 49 gurto [firmado] § / 50 † / 51 [letra de Martín Suárez] en la ciudad de santiago de chile en veyn[te] / 52 y ocho dias del mes de junio de mill y seissient[os] / 53 y treynta y sinco anou ante louòenores Pre[sidente] / 54 E oydores desta rreal audiençia estandola hazien / 55 do sse Presento esta petision ~ ~ / 56 e Por los dichos òeñores viuta mandaron traer / 57 lou autou = suarez [firmado]


En líneas 2 y 37 aparece abreviado xptobal.

A.N.S., Escribanos de Santiago, Vol.315, fs.186-192.
Tema: Solicita inventario de bienes
Autor: Elena Ferrer - Juan Rodolfo Lisperguer - Juan de Agurto

31-marzo-l670

[letra de Elena Ferrer] Doña Elena ferer biuda del Cappitan Gonçalo gomes de lamas / 2 su albacea y tenedora de bienes y los capitanes Salba = / 3 dor peres de Ortega y Juan. Baptista Manzo asimesmo / 4 albaceas decimos que por fin y muerte del dicho difunto que = / 5 da con por sus bienes las cassas de ssu morada, y algunos es = / 6 clauos, y otros bienes muebles, y para que se sepan los que son / 7 se a de seruír Vuestra merçed. de mandar se haga Inbenttario de Ellos / 8 En forma y conforme a derecho para que se entregen con claridad / 9 y dístincion a mi la dicha tenedora para Entregarlos a quien / 10 fuera parte legitima por tanto = / 11 A Vuestra merçed pedimos, y suplícamos se sirua de mandar hazer / 12 en todo segun que de suso pedimos justicia, y lo mas nessecario / 13 y Juramos a Dios a la Crus en forma de derecho no ser / 14 de malicia. enmendado ymbentario = vale = / 15 D. Elena ferer [firmado] Joan Bautista / 16 mansso [firmado] / 17 Salbador peres ortega [firmado] // 18 [letra de Juan Rodolfo Lisperguer] Hagase el ymbentario de los bienes que que / 19 daron por fin y Muerte del capitan Gonzalo / 20 Gomes de lamas en la forma que se pide Para los / 21 efetos que vbiere lugar de derecho = / 22 Don Juan Rodolpho / 23 Liòperguer [firmado] § / 24 [letra de Juan de Agurto] Proueyo. lo de suso declarado. y lo firmo El sor. Maestro de / 25 Campo. General. Don Juan RodolPho. Lizperguer Alcal / 26 de hordinarío de primer voto. euta çiudad de santtiago / 27 de chille en ella en treynta y vn dias del mes de / 28 marzo de Mill y sseiscientos y setenta Años == / 29 ante mi / 30 Juan de Agurtto [firmado] / 31 scriuano publico y Real §

A.N.S., Capitanía General, Vol. 17 [DHLH:229-230, transcripción: Manuel Contreras].
Tema: Informa sobre negocios de la hacienda a su primo
Autor: María Macaya

22-noviembre-1695

Primo y sor mio. llege A esta su casa con salud de buel / 2 ta de Arriba y boi disendo a Vuestra merçed desde el dia que / 3 me aParte de sus conPañia que llego mi ermano y luego / 4 executo al correxidor de colchagua y asimesmo / 5 al de maule y asimesmo a todos los demas menos al de / 6 Puchacai y al de la estansia del rrei porque se alla / 7 ban en la consepçion donde los allo y los executo tamien / 8 donde lleba los testimonios de todos ellos menos el / 9 del general de chilque mas sigun rrason ya esta / 10 ra desPachado Porque mi hermano dejo dispuesto / 11 que se le diese vn tanto autorisado del escribano Don Juan / 12 de noboa y Petision echa Para que Don matias de cas / 13 tilla cobrase el testimonio que asi me lo digo / 14 mi hermano __ Porque yo me quede muriendo en vna / 15 cama en la estansia del rrei y en lo demas me / 16 rremito en lo que mi ermano le dira a Vuestra merçed estar / 17 en en lo que toca al negosio de Vuestra merçed __ / 18 en lo que toca al mío me fue mal Porque no alle mas / 19 de enbarasos y Pleito y mensuras originadas de / 20 vn Don Juan de burgos quien me quito siento y / 21 beite cuadras de tierras y no Puedo bender / 22 asta aclarar esto = / 23 en lo que quede con Vuestra merçed de enbiar a mi ya con mi her / 24 mano e querido asta cojer mi trigo yrte dos / 25 dias ny yrnos juntos que en lo de el trigo luego se / 26 entrego al cappitan franco lopes las sincuenta / 27 fanegas de trigo las treita de blanquillo que / 28 tocan a mi hermano y los beite de candial / 29 no dejo el arriero el rresibo Por no aber abido // 30 rrecaudo __ mas en la rason llego al alferes [...] / 31 morales y le rrogo mi yja fuese testigo de [...] / 32 en trigo y que los contase como los conto P[or] / 33 lo que susediese = / 34 en lo demas quedo rrogando a dios le de a Vuestra merçed / 35 mucha salud en la buena conPañia de mi se[ño] / 36 ra Dona bartolina mi Prima y demas angeles [de] / 37 casa deste mataquito y nobiembre 22 de [1695] / 38 mui señor mio / 39 Besa Las Manos de Vuestra merçed su merçed ss[eñora] / 40 Dona Maria macaya [firmado] / 41 Sor Comisario general Don Juan de Vgarte Vrrispuro

A.N.S., Capitanía General, Vol. 580 [DHLH: 232-233, transcripción: Manuel Contreras].
Tema: Solicita a su primo se ocupe de los negocios de su hacienda
Autor: Josefa Cortés y Monrroy

7-agosto-1696

Señor mio y mi Primo. estrañara Vuestra merçed / 2 mucho y con rason el Ver mis letras / 3 quando no lo e echo otra ves acudiendo / 4 a Vna obligasion tan de Justisia y po- / 5 niendome con todo el debido rendimiento. / 6 a la Voluntad de sus ordenes y / 7 de mi señora Da Bartolina mi señora y mi prima / 8 cuya mano con la de Vuestra merçed beso con toda / 9 Venerasion y rendimiento __ A mi prima / 10 señor pongo por intersesora para lo que / 11 quiero suplicar a Vuestra merçed a quien en / 12 sus muchos embarasos no dudo sera / 13 mi encargo muy pesado __ pero puedo / 14 fiar de su fauor no se negara a / 15 fauoreserme en ocasion que en esta / 16 ciudad. no puedo hallar persona de / 17 igual confiansa = / 18 quando me vine de essa çiudad. dexe / 19 arrendada mi estancia de Pico en 200 pesos. / 20 en cada un año al capitan. Martin gon- / 21 zales de la Crus que asi mesmo / 22 me auia de acudir con los tributos / 23 de los indios de mi encomienda que / 24 asistiesen en dicha estansia y los mas / 25 que pudiera reduçir - / 26 A quenta de mas partidas çitan / 27 las cartas que remito que son / 28 seis por si hubiere alguna duda / 29 Va el poder incluso para que / 30 Vuestra merçed por haçerme fauor aJuste estas / 31 quentas - sirviendose de Ver lo que / 32 montan y procurando informarse / 33 del cura del valle de Melipilla / 34 quantos indios an seruido en dicha / 35 estansia para regular por ellos / 36 y su numero lo que montan los // 37 tributos Asegurome dicho capitan Martin / 38 gonzales que me daria sinquenta. pesos la escritura que yo / 39 le tenia hecha y estimara que Vuestra merçed / 40 Vea si gusta de pasarmelos en quenta / 41 Asi mesmo tiene Vuestra merçed que tomar el / 42 trabajo de mandar ver lo que montan / 43 las mejoras que en la estansia a echo el capitan. Martin Gonzales para descontarselas / 44 estoy en que los indios que le an asistido / 45 son quinse o mas o sera lo que Vuestra merçed / 46 alla mandare averiguar = / 47 Para en quanto a los corridos de los / 48 sensos fuera de lo que a pagado el / 49 capitan. Martin gonzales se an pagado al / 50 conuento. de la merzed 400 pesos. mas como / 51 parese por los dos resiuos inclusos / 52 que se seruira Vuestra merçed de mandarme / 53 guardar con essas cartas / 54 en el remate de la estansia para / 55 que en esta ocasion Voy çitada se / 56 Valga tambien Vuestra merçed de mi poder / 57 para sacarla por el tanto sin dar a / 58 entender antes del remate que / 59 la quiero y a puesto Vuestra merçed por esta y / 60 me la saque y pagadas mejoras y los / 61 corridos que huuiere me busque / 62 quien la quiera arrendar con el / 63 cargo de pagar los corridos y los que / 64 fueren causando que como sea por 200 pesos / 65 en cada un año me parese lo bastante / 66 y en fin obrara en esto Vuestra merçed como quien / 67 hase por su servidora a que toda la vid[a] / 68 estare agradesida = la estansia me / 69 la abaluaron en quatro mil pesos = Vuestra merçed / 70 me perdone y me mande como a la mas / 71 obligada. guarde. dios a Vuestra merçed muchos. años. Serena / 72 y Agosto. 7 de 1696. años. / 73 tambien tengo que advertir a Vuestra merçed y rogarle que / 74 reconuenga al capitan martín gonzales rogandole / 75 que se acuerde de abonarme otros dosientos / 76 pesos mas que faltan al cumplimiento de / 77 quinientos pesos que me mando en caso de / 78 que por algun accidente no le negociaua mi / 79 hermano. la propiedad de los indios de / 80 Pico y estos quinientos pesos los mando / 81 en premio del tiempo que yo perdia / 82 en traer para la confirmascion / 83 de ellos y esto se acordo en presensia del / 84 lisençiado. Don Juan de la Serda. Suplico a / 85 Vuestra merçed se lo acuerde y se lo ruegue mucho. / 86 Sor. mio / 87 Besa.Las.Manos. de Vuestra merçed su prima / 88 y rendida servidora / 89 Doña Josepha cortes / 90 y monrroi [firmado] / 91 Capitan Juan de Vgarte mi primo

A.N.S., Capitanía General, Vol. 17, fs. 182-183 v.[aparece también en DHLH:234-236, pero en esta versión hay correcciones a dicha transcripción, que por cierto también realicé]
Tema: Pide la intercesión de su primo para reconocimiento de legitimidad de su hija, de los beneficios que conlleva y que solucione el hostigamiento de que es objeto.
Autor: María Macaya

10-abril-1704

Muí sor mío y mí Prímo No se como Ponderar a Vuestra merced. / 2 mís muchos cuídados que cada dia se me acresentan / 3 bíendome tan acosada de tantas nesesídades teníendo / 4 a la bísta Una yja bíuda con Vn esPítal de desdíchas / 5 así ella como sus yjas que no se como sígníficarselo a Vuestra merced / 6 mas desPues buelbo los ojos a dios y le Pído se duela de / 7 mí y destos Pobres Verfanos y me consuela con desír tengo / 8 el anParo de Vuestra merced que es el que síemPre me a faboresído / 9 y conosco no tengo mas Padre ní mas bíen que su mucha carí / 10 dad y asímesmo conosca se duele de mí y de mís desdichas / 11 y como Podetarío de todos mís negosios y de mí boluntad / 12 quíero Por esta consultar a Vuestra merced mí determínasíon mobída / 13 de la consíensía de ber mí yja con la suma nesesída que la / 14 beo y ber la níña y muchacha sujeta a su trabajo y a su / 15 desnudes y no dando motíbo sínos atender que es bolun / 16 tad de díos y a sus oblígasíones que a no mírar esta sujesíon / 17 no me agrabara tanto la consíensía síendo yo la mutora / 18 de aberle gastado con que Pudíera alimentarla con mu / 19 cho descanso Pues es Vuestra merced testígo y todo el mundo que le / 20 gaste en el Pleíto mas caudal de sínco o seís míl Pesos que / 21 ynPortaba mí lexítíma en el Pleíto de beíntíseís años sobre / 22 mí onrra y mí onor y aber salido Probada y sentensíada mí / 23 Justísía Por la iglesía a que fuese casada y belada dentro / 24 de tres días y Por aberme faltado la Justísía no se me dío / 25 cunPlímíento mas como díos como tan justísíero bíendo / 26 que aquí no la allaba quíso a mís ojos quítarle la bí / 27 da y que Por su mesma boca Publícase lo que me debía / 28 así en el onor como en aberme echo gastar mí asíen / 29 da contra consiensía y que Por amor de díos y su san / 30 gre Presíosa le Perdonase y que no satísfasía con otra / 31 cosa si nos con darme la mano y aPretarmela y no aber / 32 saserdote Por todo aquello y no aber mas tíemPo // 33 de otra cosa Porque ya daba el alma a Díos / 34 delante de su Padre y ermana y toda su jente que [a] / 35 llaron a su cabesera donde conosco aber [las] / 36 tímado mí yja Por todos lados así Por la íglesía / 37 como a la ora de su muerte y así bíendo toda esta / 38 mí fabor quíero yr arroxarme a los Píes del senor. [Pre] / 39 sídente y sígníficarle mís trabajos y a Pedír[le] / 40 justísía Pues conosco dejo muchos bíenes y qu[e] / 41 estan gosando de ellos y que mí yja síendo legítí[ma] / 42 eredera caresca dellos y le sobre nesesídades y le / 43 sabe Vuestra merced dejo esta encomíenda que aunque [ilegible] / 44 dada no aí confirmasíon de ellos y así mesmo oc[hoci] / 45 entas bacas que dejo en Poder de mondaca y las [ilegible] / 46 en que oí bíbe cuía causa el dicho mondaca me es[ta] / 47 atosígando a Pesadunbres queríendome quí[tar] / 48 mí rríncon Por cuía causa quísíera como dígo / 49 arroxarme a los Píes del .sor. Presídente me mí[re] / 50 con carídad que no lo dudo si en su mucha [ilegible] / 51 de tan gran justísíero no me la negara Pues cuan[do] / 52 no mírase mas deste esPital de Juerfanos y lo [ilegible] / 53 cuando mí ija no se conosíera ser lexítíma como / 54 e dicho Por mí asíenda que gaste y luego ser yj[a de] / 55 Vn benemeríto como lo fue mí Padre y asi no / 56 mas del consejo de Vuestra merced Para la rresolusíon / 57 se lo Comunícara con los letrados y me enbiar[on] / 58 desír lo que e de aser en esta rrason~ § / 59 Prímo de mí alma síempre el que es desPensero / 60 y quíen obra con la carídad que Vuestra merced. se nos [da pa] / 61 ra que se lamenten sus Pobres Pues sabe Vuestra merced. s[oy] / 62 Vna de ellas y dígo que oímollo tan discor[de] / 63 Por lo que le contare a Vuestra merced que enbíando a [ilegible] / 64 a las salinas a que me buscare Vna carga de sa[l] / 65 limosna Para Pasar mí año bíno el cura don [ilegible] / 66 del Poso y le quito el caballo y sobre esta de sa[s] / 67 tre bímos Palabras- y al cabo de días lleg[o Pas] / 68 cua yendo Pancho casado a mísa se enborrac[ho y] / 69 trabo con Vna yndía y andubíeron a Palos y [con Vn] / 70 Píquete en Vn braso donde no se allo el cur[a] / 71 ocasion Para quebrarme los ojos y lo tíen[e senten] // 72 síado a dosíentos asotes y el bíejo de míedo se / 73 quíere yr donde quedaremos sín su conPanía en es / 74 te dísíerto así estímare que Vuestra merced antePusíese / 75 su autorídad con el senor obísPo que el cura no se / 76 metíese con el ní con su níeto ní con mís cosas así con / 77 el como del correxídor Porque no me saquen al ní / 78 eto a Parte nínguna Pues no tengo mas conPane / 79 ros que me sírben alla esta el correxídor deste / 80 Partído Vuestra merced me rrecomíenda a el que es Don Juan de / 81 obregon esto es Porque no me deje de sacar el / 82 desPacho del señor obísPo como del senor. gobernador. / 83 Tamíen abíso a Vuestra merced. que aquí le tenía bísto fane / 84 gas de trígo Para aserle Vnos rreales a Vuestra merced. y oí / 85 no lo Puedo aser Porque se me ba el bíejo y así bea / 86 Vuestra merced. lo que Podre aser dellas o bendalos Vuestra merced. o en / 87 bíe Por ellos que yo me allo como le digo a Vuestra merced / 88 sola y descarríada ~ § / 89 Tamíen abíso a Vuestra merced como los desPachos que Vuestra merced. / 90 me enbío los Coxío mi hermano Pancho y no íso / 91 nada con ellos mas de engañarme que se los lle / 92 baba y no los llebo y aqui los tengo que bíendo / 93 que no se los dío al correxídor los tengo Vardados / 94 y Puesto que tíene Vuestra merced alla al correxídor se los / 95 encarge porque esta jente no an echo caso de ellos / 96 Por ber que no les an sacado multa nínguna / 97 ní me an Pagado el terrasgo y todos los días estan / 98 asíendo lo que quíeren -y amenasadome- y mon / 99 daca lo mesmo dísíndome que ya tenía ablado al / 100 correxídor Para que luego [tarjado lo lansase] me lansa / 101 sen dentro de cuatro días llegando a mí casa / 102 con moston y esculcandome los rríncones de / 103 mí casa dísíendo benía a enbargar a un ombre / 104 que mato en mí casa que ní aun los coríones que / 105 tenía no le dejo no estando el [tarjado no] ombre en su / 106 matansa y sín rresPeto yso lo que se le antojo dísí / 107 endo era teníente de correxídor a que dígo que el / 108 correxídor no debía de aser ynJustísía a mí de / 109 teníéndole de Jues. y así determíne Vuestra merced luego del trí / 110 go Porque me díse que sí a los cuatro días no sal / 111 go que me lo a de enbargar Porque estoí en // 112 sus tíerras y todo Porque díse que el título [que] / 113 conPro de sarate es mas antigo que todos / 114 esta es la cuasa [sic] que tíene Para echarme de m[i ca] / 115 sa Por las demasías que aí en el yo le rresPon[dí] / 116 que Para eso tenía níetos y erederos y que mi [yja] / 117 es la Vna ~ no tengo mas que desír sino s[e] / 118 gundo a díos me le guarde. Para anParo nuestro y [de] / 119 tantos Juerfanos y esto que sea en la ama[ble] / 120 conPañía de mí señora Dona Bartolína [mí] / 122 Príma a quíen yo y mí yja besamos la mano [pues] / 123 ta a los Pies de Vuestra merced y demas angeles de cas[a] / 124 desta su casa y abril - 10 de 704 anos / 125 Muí señor mío _ / 126 de Vuestra merced _ críada y Príma que mas lo [ilegible] / 127 y su / 128 Mano Besa / 128 Dona María Macaía [firmado] / 129 Senor comísario general Don Juan de Vgarte Vrr[ispurro]

A.N.S, Capitanía General, Vol. 180, fs. 190 - v.
Tema: Solicita se deje sin efecto transacción por no ajustarse a derecho
Autor: Bernarda de la Arraigada - Antonio de Astorga - José Rodríguez

29-agosto-1737

Legajo 4.° nl7 Da. Bernarda de la Arraygada sobre que se retenga
vn poco de Dinero

n17 / 2 Da, Bernarda de la ârraygada Víuda de Don. Juan. calderon de / 3 la Barca y Don Juan. Manuel. de Apello Como mejor forma de Derecho / 4 paresemos ânte Vuestra merced y dessímos que Da. Antonía del Campo / 5 Lantadílla; Víuda de Don. francisco. de zílba a selebrado Venta / 6 â los Reberendos Padres. de la Compañía de Jesus de este co / 7 lejío Maccino de santiago. de Vna Biña sítuada en la caña / 8 da aríba en la calle que llaman de la ollería. la qual biña / 9 quedo por. fín y muerte del Cappitan. Don. Juan. del campo lantadílla / 10 que fue su lejítimo dueño y porque dicha Bíña no pertenese / 11 Segun derecho a la dicha Da. Antonía por no ser título lejíti / 12 mo pues la escríptura de compra que díse tener a su fabor / 13 otorgada por. Da. Xrisptobalina Ganboa es ynzubeístente / 14 y otorgada contra derecho por. aber cído en dicha benta perjudíca / 15 dos ynormísímamente. los herederos de dicho Don. Juan. del can / 16 po lantadilla Nuestro bíssabuelo lo cual protestamos de / 17 ducír y probar con ystrumentos en la forma que nos / 18 Conbenga se a de sirbír Vuestra merced de mandar que el dínero / 19 que dichos Reberendos Padres. estan promtos a dar en paga / 20 Real. de dicha Viña no se entregue a dicha Da. Antonía si / 21 no que se rretenga y deposite en la persona que a Vuestra merced pare / 22 Cíere Conbeniente para que no se dicipe dicho ymporte en tan / 23 to que deducimos Nuestra accíon y derecho a dicha fínca lo / 24 cual protestamos aser luego yncontinente. por. tanto = / 25 A Vuestra merced pedimos y suplícamos se sírba de mandar que dichos / 26 Reberendos Padres. sean notífícados en la persona de / 27 su procurador que dicho dínero no se entregue a dicha / 28 Da Antonia sino que se retenga y deposíte Como lleba / 29 mos dicho que es justísia y Juremos a Dios. Nuestro. ssor. no ser d[e] // 30 Malicia pe[roto] [Co]stas y en lo nezezario ver / 31 Da Bernarda de la Arraygada [firmado] / 32 Juan. Manuel de Apello [firmado] § / 33 el Muy Reverendo. Padre. Procurador. general. de la Conpania de Jhesus reteng[a] / 34 en su poder el dinero de la Posesion que se espresa en [es] / 35 te escrito y traslado ___ / 36 Doctor Astorga [firmado] / 37 Proueyo y firmo el decreto de Suso el Señor. Doctor. Don Anttonio. de Asto[r] / 38 ga chantre de esta santa yglesia Catholica. Procurador. y Veedor general del / 39 obispado en Santiago en Veinte y nuebe de Agosto de mil set[ecientos] / 40 treinta y siete años / 41 Ante my / 42 Joseph Rodrígue [firmado] / 43 Nottario Publico

A.N.S., Capitanía General, Vox. 51, fs. 367 - 368.
Tema: Pide quedar en sosiego ella y sus tierras
Autor: María de Araya - José de Henestroza

7-agosto-1739

Sor Presidente Governador y Capitan General / 2 Da Maria de Araya biuda del Capitan Juan de la / 3 Uega Castro como mejor proseda de derecho Pa / 4 resco ante Vuestra señoria i digo que como costa de la escrí / 5 tura que presento. con el Juramento. y solemnidad nese / 6 saría durante nuestro matrimonio conpro el dicho / 7 mi marido al monasterío de monjas de la lín / 8 pia Concepcion Vna Estancía de tierras nonbra / 9 das Rutal alias Riaguí deuaxo de los linderos / 10 que en ella se expresan i estandola Poseiendo / 11 desde 22 de julio del año pasado de 722 hasta lo / 12 presente. hauiendola arrendado a Christobal Can / 13 pos en el aciento i Poblacíon antigua de ru / 14 tal que llaman los Perales por los muchos ar / 15 boles que deste nonbre aí en el a tiempo de Vn año con / 16 tinuamente lo a per[se]guido Xauier Montenegro con in / 17 properíos i amenasas reuenqueandole a un hijo / 18 suio i partiendo a puñaladas contra el dicho christobal / 19 Canpos que por ser de miserable naturalesa Vío / 20 i euito el daño que el dicho Xauier Montenegro le / 21 hubíera echo de que ase notable jactancia para / 22 Prouocarle a pendencía Y pretendiendo la mism[a] / 23 con Pasqual de la Vega Castro mi hijo con r[e] [roto] / 24 cados de amenasas a que le contíene mi re [roto] / 25 i énbarasandome con sus Ganados las tie[rras] [roto] / 26 de mi Dominío desde el Zerrito [redondo] [roto] // 27 hasta la majada que llaman de Barrera pro[ce] / 28 diendo en todo de echo í contra derecho en graue / 29 perjuicío mío í de mis híjos y para euita[r] / 30 estos Daños Y los demas que de su Yntrepi[dez] / 31 se deuen reselar se ha de seruir Vuestra señoria de man[dar] / 32 se le notifique al dicho Xauíer Montenegro [re] / 33 tire sus ganados a sus línderos dejandome / 34 libres Y Desenbarasadas las dichas mis tierr[as] / 35 i que no tenga atrauiesa de obra ní de Palabra / 36 conmigo i mís hijos í arrendataríos i de mi[s] / 37 Siruientes Y familíares míos Y de los dicho[s] / 38 mís hijos deuaxo de las penas i aperseui[mientos] / 39 que fueren del superíor arbitrio y respecto [de] / 40 no hauer allí escríuano se cometa su no[tifi] / 41 cacion al alcalde de minas de tiltil que [es] / 42 el mas inmediato i por su falta a otra qual / 43 quier persona i por tanto = § / 44 A Vuestra Señoria pido Y suplico que hauiendo por Presentada. la esc[ri] / 45 tura de Uenta se cirua de mandar hacer lo [que] / 46 lleuo pedido que Es de justicía y juro a Dios [y] / 47 la Crus no ser de malicia Uerdadera= / 48 Da maría de araya [firmado] § / 49 Santiago y Agosto 7 de 1739 años / 50 Por presentados los Instrumentos Autos y vístos / 51 Notífíquesele a xauier de Montenegro / 52 luego y sin dílasíon alguna Retire sus ga[na] / 53 dos fuera de los Línderos de las tierras perte / 54 nesiente a esta parte y le deje líbres las que se / 55 conprehenden desdel serrito redondo hast[a] / 56 la maxada que llaman de Barrera y // 57 que no tenga atrabíessa de obra ní de palabr[a] [roto] / 58 por si ni por Interpuestas personas con esta / 59 parte Sus hijos familiares ni arendataríos / 60 y que a estos no los amenase ni ímpida sus arenda / 61 mienttos pena de síen pesos aplicados en la / 62 forma ordinaria y de las demas que fueren de / 63 mi arbitrío y se comete su notifícacíon / 64 al Alcalde de minas de tiltíl y por su fal / 65 ta a otra qualquier persona Español que sepa / 66 ler y escriuir para que la hagan so las dichas / 67 penas en presensia de testigos Y en virtud des / 68 te decreto que Sirva de despacho en forma = § Manso [firmado] Licenciado [ilegible] [firmado] / 69 Henestroza [firmado]


En línea 18 aparece la abreviatura xl 'cristóbal'.

A.N.S., Capitanía General, Vol. 237 [DHLH:243-247; transcripción: José Luis Samaniego].
Tema: Carta a su hijo, residente en Lima
Autor: Isabel Pardo

19-marzo-1741

hijo de mi Corazon, no tengo / 2 palabras para significar co / 3 mo me tiene el lamentable suceso / 4 de lima, no solo por su desola / 5 cion, quanto por oyr decir que / 6 no ay reforma en las costu / 7 mbres que son el motivo de irri / 8 tar la yra de dios, y aunque / 9 no doy credito a todo lo que / 10 se dice, me mortifica el oyrlo / 11 pues saves lo amante que soy / 12 de mi patria, a esto se agrega / 13 el dolor de considerar a mis / 14 hermanas en tanto desamparo / 15 que no tienen a quien volver / 16 los ojos, si no es a ti que estas / 17 en lugar de tu padre quien / 18 dara por bien ejecutado qual / 19 quier cosa que hagas en bene / 20 ficio de ellas, valiendote de ze // 21 layeta, que ya te escriuira sovre / 22 el asumpto, te aseguro que es el / 23 unico consuelo que he tenido, des / 24 de que llego esta fatal noticia / 25 recibir tus cartas, por la noticia / 26 que me das de tu salud de lo / 27 gustoso que te hallas con mis / 28 hermanas que te estan cuydan / 29 do como te decia, y esperimenta / 30 ras cada dia, como el cariño / 31 de las monjas quienes corres / 32 ponden al que les tengo porque / 33 ni la distancia ni el tiempo pue / 34 den hazer que las olvide que tu / 35 eres buen testigo, yo quisiera ser / 36 poderosa para manifestar con / 37 obras mi voluntad y [dar] a co / 38 noser lo obligado que me tie / 39 nen todas las que te favorecen / 40 nunca dude del cariño de chave / 41 lita espinola que vivo satisfe / 42 cha de que ha de corresponder / 43 al amor que le tengo, por muchos // 44 motivos, el principal ser la parien / 45 ta mas sercana que tengo en lima / 46 habernos criado en las monjas / 47 con el amor de hermanas, y asi / 48 no puedes tener casa de mas con / 49 fianza y me alegro que la ten / 50 gas de mama rosa tambien la / 51 tengo, como de maria constansa / 52 y el canonigo que puedes visi / 53 tarles con toda satisfacion y ten / 54 dre mucho gusto de que frequen / 55 tes estas casas y les daras mis me / 56 morias, no me dices nada de la / 57 casa de la vermudes sin duda / 58 que estan en alguna chacra pues / 59 no te han visto, que fuera de las / 60 parientas tengo a maria luysa / 61 de zarate hermana de juan carta / 62 lina que te ha de acariciar mucho / 63 que es una de las que debi cariño / 64 esta su hija casada con hijo / 65 de antonio sancho, muy amigo // 66 de tu tio, a los palaciegos conser / 67 valos en amistad sin molestarlos / 68 como dices que es el unico modo de / 69 mantener estimacion no abusar del fa / 70 vor, Las novedades de por aca son / 71 temores de las amenasas tan repetidas / 72 que hemos tenido desde el mes de ju / 73 lio hasta el presente, porque el do / 74 mingo de quarenta oras predico / 75 el padre juan de casares que se / 76 avia visto en el cielo una mano de / 77 fuego con un azote, que un sacer / 78 dote le dijo que lo predicase y pre / 79 guntadole en una casa dixo que / 80 era verdad mas no savia si era / 81 mostrar el castigo de lima que aun / 82 se ygnoraba, quando se vio, aqui / 83 llegaron las voses ocho dias antes de / 84 Carnestolendas, y la noticia cierta / 85 el lunes de ellas a la noche por aver / 86 anticipado casas, la gaseta, a Manuel / 87 dias, que el correo, llego martes por / 88 la mañana, y la vision fue el dia // 89 de año nuebo, y viendo ejecutado / 90 el golpe, sin seguridad de que pase / 91 mos lo mismo, ha servido de nuebo / 92 aviso, por la ymitacion que tiene / 93 este reyno con aquel, y se esta procu / 94 rando, aplacar la yra de dios, con / 95 missiones, penitencias, moderacion en / 96 los traxes, corvando colas poniendo / 97 puños en las camisas haxando la / 98 ropa, y subiendola a la cintura, la / 99 mission de San Xavier, salio este año / 100 como ninguno porque los padres a / 101 cada saeta davan moral y apenas / 102 acavava uno quando proseguia otro / 103 para asistir a la novena ha sido ne / 104 cesario yr desde el esquilon ha veni / 105 do el padre garcia y el padre Contuchi / 106 bien en que exercitar su celo, dispu / 107 so el padre garcia una procesion de pe / 108 nitencia, dos dias antes del jubileo / 109 para la mejor dispocision de ga / 110 narlo, donde salieron los dos cavil / 111 dos eclesiastico, y secular, la cleresia / 112 la religion de la Compañia el cole // 113 gio colorado, y tambien el asul, ynfini / 114 tos seglares, y todos con coronas de espinas / 115 y sogas a la garganta muchos peniten / 116 tes con disciplinas de sangre el gremio / 117 de las mugeres que es abundante yba / 118 por detras unas descalsas con sus co / 119 ronas sovre las mantillas y sogas en / 120 la garganta y lo que hubo que pon / 121 derar fue la devocion que se consiguio / 122 en concurso tan ynnumerable que no se / 123 oyo una vos de un niño, salio la pro / 124 cesion por la calle del Sor asua pa / 125 ra las monjas agustinas, y volvio / 126 por mi padre San agustin a las monjas de / 127 la plasa y de alli a la Compañia / 128 donde se finaliso con un sermon del / 129 padre moreno que les hizo dar tales ala / 130 ridos semejantes a los del callao / 131 dios los aya recibido, para gloria / 132 suya y provecho nuestro, yo como / 133 ynutil me quede en la yglesia con / 134 las niñas para oyr el sermon, aun / 135 que el temor me hizo perder dos / 136 sermones de feria la novena me lo // 137 hizo perder, estando esperando en la / 138 iglesia me avisa el Sor Salamanca / 139 quel sermon es en la puerta de su casa / 140 que si gustaba pasase a oyrlo desde / 141 la ventana pase luego y lo halle en / 142 la cama con flucsion a las nari / 143 ces que fue el motivo de no salir, y / 144 los oydores rondar la ciudad que / 145 en estos lances anda el demonio / 146 procurando ganar por un camino / 147 lo que pierde por otro, yo me que / 148 de sin sermon porque se hizo en / 149 la yglesia por respecto de los cavildos / 150 quedo la plasuela llena de gente y / 151 dicen se oyo la vos del padre / 152 distintamente yo oy desde el quar / 153 to de mi Compadre los gritos, que pare / 154 cia de juysio, en Santo domin / 155 go quedan haziendo novenario / 156 con el Sor descubierto a Nuestra Señora / 157 del rosario, y dicen quel ultimo / 158 dia sale procesion de penitencia / 159 espero en la misericordia de dios // 160 aplaque su yra y a ti te de lus para / 161 conoser los beneficios que le debes y / 162 sepas corresponderlos, estos trabaji / 163 llos han sido causa de no embiarte / 164 nada que quedo vien mortificada / 165 ha sido el año trabajoso con la / 166 abundancia de agua, se ha perdi / 167 do las sementeras la escases de la / 168 fruta ha sido como nunca y en par / 169 ticular las guindas que esperando / 170 las de la chacra nos quedamos sin / 171 conserva, el rio ha hecho mucho / 172 daño en las chacras y lo peor era / 173 el temor de la ynundacion con el / 174 rio, pero a vista de lo de lima son / 175 flores las que parecian espinas, / 176 no me dices nada de Don domingo / 177 aldunate, ni de co, mi Compadre el de / 178 an se mantiene como le dejaste y / 179 alday hazen muchas memorias de ti / 180 y me las dan, como las pequeñas de casa / 181 y toda ella que no puedo nombrar / 182 las que me ocupan el tiempo y me // 183 falta para responder las que he / 184 recibido en esta ocasion dando / 185 me el pesame de la muerte de mi / 186 muy amada madre, que solo / 187 en esto has tenido desgracia, en / 188 yr al tiempo de no conoserla pero / 189 si las avias de perder, tuvieras mas / 190 que sentir, no la olvido aunque / 191 conosco fue beneficio para su al / 192 ma sacarla de tanta amargura / 193 en su corazon para llevarla a / 194 descansar, en lo que toca a Don / 195 Joseph de Valensuela no tengo la / 196 menor esperanza por palacio se / 197 gun la carta de arlegui que dice / 198 le han dicho que ninguno tiene / 199 mas amistad con el obispo que / 200 mi hermano, que es decir en buenos / 201 terminos que porque no lo haze y la / 202 misma razon le avia de mover a / 203 conoser que si no uviera dificultad / 204 no era necesario andar molestando // 205 el medio que se me ofrece, es que te val / 206 gas de Don christoval mesia que su / 207 tio es el mayor empeño que tiene / 208 el Sor obispo, por la povre de angelita / 209 lo siento, y no omitas esta diligencia / 210 Joseph y Martin salieron del exa / 211 men aprovados con todos los votos / 212 y les echaron conclusiones aviendo / 213 orden para que no tengan mas que / 214 quatro colegiales y tu padre no quiere / 215 que Martin las tenga por averlas / 216 tenido el año pasado, y dar lugar / 217 a que entre otro que no havra tenido / 218 ningunas, se portan con juysio, no / 219 dan que hazer en casa ni el colegio / 220 Martin es mas aplicado que Joseph / 221 y parece que sera jesuyta segun / 222 dicen las de casa, que a mi ni a su / 223 padre no nos dice nada, dichoso el si / 224 fuere verdadero hijo de San Ygna / 225 cio, que no avra para mi dia de / 226 mayor gusto, a estanislao, y pancho // 227 los puse en la merced con fray Basi / 228 lio, el lego del Maestro barrera le tienen / 229 respeto y hazen lo que les dice, esta / 230 nislao esta escriviendo pero este / 231 escrito ha de ser como lo rebueltos / 232 de frese en la gramatica, panchito / 233 deletreando en libro desde aora un / 234 año, si tuvieran maestro, volaran / 235 con la avilidad que tienen que es / 236 ta la esperimento quando estoy / 237 en la chacra y alli es donde se / 238 adelantaron en la lectura y el reso / 239 aora me dicen que ha dias que / 240 panchito decora, el es gran tayma / 241 do, y estanislao parecido a ti en el / 242 comer, el aseo, menos en la cara / 243 que es mas bonito que tu, aunque / 244 la quaresma lo ha puesto muy flaco / 245 como a las niñas, la juanita entro / 246 en exercicios en las recojidas pa / 247 ra salir el miercoles de ceniza, con / 248 su nana la gata pancha espinosa / 249 maria antonia y la picha y esta // 250 saco el proposito de salirse de casa / 251 que lo executo a los ocho o dies dias / 252 sin mas motivo, que aver cojido jua / 253 nita y Maria antonia la devocion / 254 de resar los tres tercios de rosario y / 255 xaviera quererlas acompañar y ellas / 256 a reñir con ella a cada avemaria / 257 yo estuve oyendolas, y dije a las / 258 niñas una comedia es el rosario / 259 de las niñas todo ha sido pleyto y / 260 como juanita es toda juysio echa / 261 va la culpa a xaviera, esta a maria / 262 antonia que no querian acompañar / 263 se con ella sovre esto le dijo mar / 264 tina que la perfecta virtud era atra / 265 er a otros a ella, que si no veia a / 266 maria jesus, de aqui salio la reso / 267 lucion sin pies ni cavesa yo le tengo / 268 lastima porque es simple contra si / 269 a ella le pesara quando no tenga / 270 remedio, juanita han procurado / 271 divertirla y la yngratitud aunque es niña le ha lavrado, como a mi, / 272 se me haze preciso el despedirme porque ho hallo quando acavar ynstando / 273 me otras como tengo dicho, en otra ocasion yra lo que queda en el tintero, solo / 274 te dire que la residencia de mi Compadre se perdio en la delibransa y las cosas / 275 estan como las dejaste dios lo remedie y a ti te guarde como deseo Santiago Marzo 19 / 276 de 1741 años / 277 tu Madre que desea ynfinito / 278 Verte / 279 hijo querido Miguel de Recauarren La Pardo [firmado]

A.G.I., Chile 113 [DHLH:253-254; transcripción: Soledad Dargham].
Tema: Solicita restitución de tierras por haberse vendido éstas sin comprobar la posesión
Autor: Juana Morales Chacón

10-abril-1756

Muy. Poderoso. Señor.

Con duplicados motibos supone mi obligacion con / 2 rrendida obediensia a los pies de Vuestra; Magestad. motivada / 3 de la Vrgensia de nesesidad en que me allo constituida / 4 yo, y mi pobre familia Viuda desanparada Con sinco / 5 hijos y tres hijas donsellas, y sin remedio: esperimen / 6 tando Calamidades siendo Vasallos, y subditos de / 7 Vuestra; Magestad. / 8 Y haziendo. transito a lo prinsipal de esta mi pro / 9 sa desendiendo a su Contenido suplicando a Vuestra; Magestad. / 10 se mueva a piedad, y me atienda siendo de justisia / 11 que no dudo se dara el debido remedio a esta mi petision / 12 y lo que. acontese es que hauiendo. Comprado mi Suegro Don. / 13 francisco. Antonio Abaria (que en gloria se alla) un retaso de / 14 tierras de seiscientas y mas quadras para poder sus / 15 tentar su pobre y cresida familia de los erederos del Visi / 16 tador xines de lillo por su justo balor, y presio non Vi / 17 das las tierras altas de taboncura en el sitio del rome / 18 ral y lo que acaysio sobre dichas tierras que hauiendo. Don. / 19 fadrique de Vreta pretendido posession. a dichas tierras / 20 se le dieron sin titulo ni derecho, y se abandono el Justificar / 21 titulo dominio, y propiedad que. tengo a ellas las que fuer[on] / 22 adjudicadas por dos Señores ministros de esta Real. Audiencia. / 23 Don. Justino. Caluo, y Don. Ignasio del Castillo al dicho Don. fa[dri] / 24 que Jusgando Contra todo derecho y rason Como Consta // 25 de los ynstrumentos. que estan a cargo del Secretario de / 26 Camara dagnificando mi derecho de lo que prouino con / 27 la estrecha familiaridad que profesarian dichos Señores / 28 ministros Con el espresado Don fadrique y al mismo / 29 tiempo ser su Conpadre y biuia en su Casa del suso / 30 dicho de lo que dimano el ynjusto agrauio que me / 31 querello ante el justo poder de Vuestra; Magestad. y haziendo / 32 mension de lo referido se a de seruir Vuestra; Magestad. de mandar / 33 a los Señores. ministros de la Real. Audiencia. se me de el deuido / 34 remedio para que no peresca mi justisia y derechos que / 35 son tan claros siertos y e ynfalíbles que no admiten / 36 duda. / 37 Y finalmente. aunque practicado Varias diligensias / 38 en el asunto con los Señores. ministros. de esta Real. Audiencia. no an / 39 surtido efecto, y solo han respuesto que. Conosen la justi / 40 ficada rrason que en propiedad tengo a dichas tierras / 41 y enterados de mi justicia se admiran del agrauio que. / 42 se executo en perjuicio mio, y de mis hijos y solo dan / 43 por efugio el no poder determinar en estas numero[sas] / 44 tierras por estar pronunsiadas por sentezia de reuista / 45 de dichos dos Señores. ministros ya difuntos; y en supuesto / 46 de lo espresado, y ser facultativo a la Real Persona de Vuestra. Magestad. el / 47 mandar se me atienda en Justisia por no poder ocurrir / 48 con los ynstrumentos. al supremo C[o]nsejo de Yndias por ser / 49 este recurso ynposible para mi por allarme totalmente. / 50 destituyda por mis Cortos medios, y cresidos costos // 51 que se originan de sacar la Conpulsa de los auctos que / 52 estan a Cargo del Secretario de Camara Seguidas entre / 53 mi suegro Don. Francisco. Anttonio de Abaria y Don. fadrique de / 54 Vreta; y en esta atenssion Vsando Vuestra; Magestad. de la / 55 superior. facultad: se ha de serbir de atender a mi / 56 rrendida representasion mandando a los Señores. / 57 ministros de esta Real Audiencia. se abra este juysio / 58 y se siga de nuebo, y en su birtud se determine / 59 dandole a cada yndibiduo lo que. justamente le per / 60 tenese Guarde Dios la Sacra, Real, Persona. de Vuestra, Magestad los / 61 muchos años como la Cristiandad nesesita desta / 62 Ciudad de San,tyago en 10. de Abril de 1756. años / 63 de Vuestra; Magestad: Su Rendida / 64 Subdita / 65 Da Juana Morales Chacon [firmado]