Revista de Derecho, Vol. XVIII N° 1, julio 2005, pp. 298-300
DOI: 10.4067/S0718-09502005000100016

RECENSIÓN

 

Schmidt-Assmann, Eberhard: La teoría general del Derecho Administrativo como sistema, Marcial Pons/Instituto Nacional de Administración Pública, Madrid, 2003 (475 pp).

 


 

Es poco frecuente encontrarse con un texto jurídico que lejos de exponer descriptiva y analíticamente una materia -trabajo arduo y sin duda valioso para el desarrollo de la dogmática jurídica- se juegue en un ambicioso trabajo de replanteamiento general de la disciplina, poniendo en entredicho los conceptos y categorías fundamentales empleadas hasta ahora por la dogmática. Este es precisamente el caso del libro que aquí se comenta, en que, a partir de una revisión crítica de los conceptos jurídicos básicos del Derecho Administrativo, el autor se propone reconstruir esta disciplina, a través de una idea ordenadora capaz de superar las particularidades de las regulaciones específicas (pp. 1-2), aunque sean éstas, precisamente, el punto de partida de reconstrucción. Así, a partir de tres principios capitales -la sujeción del ordenamiento a los derechos fundamentales; el sometimiento de la Administración a la ley y al derecho y la vinculación de la Administración a la garantía de la tutela judicial (p. 4)- el autor se propone una reconstrucción dogmática del Derecho Administrativo alemán, cuyo impacto trasciende este ordenamiento e impacta en todos los sistemas jurídicos herederos de la tradición europea continental.

En este contexto, Schmidt-Assmann hace una revisión sistemática de ciertas categorías fundamentales del Derecho Público, y particularmente del Derecho Administrativo. Así, partiendo por una reflexión general acerca del sistema y sistematización en el Derecho Administrativo (capítulo primero), aborda cuestiones relevantes relacionadas con el Estado de Derecho y la Democracia como opciones constitucionales (capítulo segundo), las funciones de la Administración y el papel de la parte especial del Derecho Administrativo (capítulo tercero), la autonomía de la administración (capítulo cuarto), la Administración Pública como organización (capítulo quinto), el sistema de la acción administrativa (capítulo sexto) y concluye con una propuesta del desarrollo y evolución de un derecho administrativo europeo (capítulo séptimo).

Llama particularmente la atención el estudio profundo y sistemático que realiza el autor acerca del impacto y efectos del modelo jurídico y político de Estado proclamado por la Ley Fundamental de Bonn (Estado constitucional y democrático de derecho) en todo el ordenamiento jurídico, categoría política y jurídica que encierra una opción fundamental por ciertos valores, principios y reglas que informan todo el sistema jurídico. Sus reflexiones en esta temática son profundas e innovadoras, tratando de sacar consecuencias jurídicas efectivas de estos principios en variados ámbitos del Derecho Administrativo, como el derecho de la organización, el procedimiento administrativo, el control de la Administración, entre otras materias relevantes. Así, a partir de cláusulas constitucionales generales, Schmidt-Assmann replantea algunas categorías jurídicas básicas del Derecho Público, dándoles una nueva lectura, que conecta directamente con el modelo constitucional vigente.

En este sentido deben destacarse los alcances configuradores que le otorga el autor a los derechos fundamentales proclamados en el texto constitucional, excediendo así con mucho las formulaciones generales que se hace tradicionalmente de los mismos y, por el contrario, haciendo aplicación directa de éstos en el Derecho Administrativo en materias tan disímiles como las potestades administrativas (pp. 71 y ss.), la organización administrativa (pp. 263 y ss.) y el procedimiento administrativo (pp. 363 y ss.). De este modo, principios e instituciones nuevas del Derecho Administrativo actual como el principio de proporcionalidad en la actividad administrativa, las administraciones independientes o la participación ciudadana en los procedimientos administrativos tiene sus fundamentos y alcances en los propios derechos fundamentales, marco esencial e imprescindible de los ordenamientos jurídicos contemporáneos y que encierran los elementos clave de nuestro moderno Derecho Público.

Ahora bien, es preciso aclarar, desde ya, que este esfuerzo de reconstrucción dogmática o sistematización del Derecho Administrativo no lo realiza el autor a partir de categorías jurídicas abstractas, sino que ellas emanan precisamente de las regulaciones sectoriales del Derecho Administrativo -como la regulación ambiental, enérgica o urbanística-, fuente y laboratorio inmediato de la reflexión jurídica de Schmidt-Assmann.

Como se puede apreciar, la tarea emprendida por el autor es de gran calado y sus consecuencias son de enorme impacto. Desde ya, el texto en comento impone una nueva mirada a viejos conceptos e instituciones del Derecho Público que poco o nada son compatibles con los actuales valores y principios constitucionales, obligándonos a un análisis más riguroso y sistemático de nuestra disciplina. Por otro lado, nos desafía a hacer un ejercicio similar en nuestro propio derecho -tributario, sin duda, del derecho público europeo continental-, más aún cuando éste ha tenido un cambio radical después del golpe de Estado de 1973, implementadas las políticas neoliberales de reducción del Estado y traspaso al sector privado de las actividades económicas y sociales de mayor relevancia. Sin duda, ésta es una tarea pendiente en nuestra dogmática jurídica, que se nos impone como una exigencia ineludible para aquellos que cultivamos el Derecho Administrativo.

Juan Carlos Ferrada Bórquez