Revista de Derecho, Vol. IX, diciembre 1998, pp. 161-170

ESTUDIOS E INVESTIGACIONES

 

LA PRESENCIA DE ROMA EN LA PENINSULA IBERICA ANTES DEL AÑO 218 A .C.: MOTIVACIONES COMERCIALES Y POLITICAS

 

E. Eduardo Palma *, Francisco J. Andrés Santos ** 1

* Doctor en Derecho y Prof. de Historia del Derecho y Derecho Romano Universidad de Talca (Chile).
** Doctor en Derecho y Prof. de Historia del Derecho y Derecho Romano Universidad de Valladolid (España).


 

1. TRATAMIENTO DEL TEMA EN LOS TEXTOS DE HISTORIA DEL DERECHO

Tradicionalmente tanto en Chile como en España se suele datar en el año 218 a .C. la presencia romana en la Península Ibérica , al atender los iushistoriadores a la llegada de tropas romanas al suelo ibérico como hito principal. Los autores, por cierto, hablan de conquista romana, lo que justifica de modo importante que se recurra a este suceso histórico. Dicha fecha tiene, además, la ventaja de estar claramente establecida: respecto de ella no existe controversia en la historiografía2.

La dominación romana de la península Ibérica constituye uno de los hitos relevantes en la historia de España y, en consecuencia, en su historia jurídica. Dada su trascendencia, no resulta un esfuerzo en vano, a nuestro juicio, el procurar fijar la época en que Roma habría iniciado sus contactos con la Península. Su importancia radica en que expresa en la política romana de expansión la consideración de una nueva área susceptible de influencia.

Los textos chilenos de Historia del Derecho de mayor difusión en la actualidad en Chile3, así como los textos españoles de mayor influencia en nuestro país4, prestan esasa atención a este fenómeno. Del relato de Altamira se destacan dos hechos: a) Roma pretendía ser aliada de Sagunto: para el autor, no parece clara la existencia real de un pacto; b) la razón del contacto hispano-romano estaría dada por la guerra púnica, ya que la segunda guerra contra los cartagineses implicó la presencia militar romana en España5. En este mismo sentido se expresan la mayoría de las investigaciones histórico-jurídicas de la doctrina española más reciente6.

1.1. Relevancia historiográfica del tratamiento del tema del modo señalado

Uno de los elementos que se ha considerado como factor de romanización es la celebración de alianzas entre Roma y las ciudades indígenas hispanas. Aceptamos la relevancia de este factor y, por lo mismo, nos parece trascendente establecer las características de la relación Roma-Sagunto; a nuestro juicio, si hubo lazos entre ambas ciudades antes del 218 a .C., ya sea bajo la forma de un tratado formal o de una mera relación de tipo diplomático, la fecha del inicio de la romanización de la Península Ibérica debe alterarse, así como la explicación acerca de las motivaciones de la expansión romana por suelo hispano.

2. LOS CONTACTOS ENTRE ROMA Y SAGUNTO, HITO HISTÓRICO QUE MARCA EL INICIO DEL PROCESO DE ROMANIZACIÓN

El telón de fondo en que se desenvuelven las relaciones entre Roma y Sagunto es el conflicto militar de las guerras púnicas. El enfrentamiento entre ambas potencias se fue inclinando con el correr de los años en favor de los romanos, de manera que, finalmente, la primera guerra púnica termina con el triunfo absoluto de las armas romanas.

Según la relación contenida en las Historias de Polibio, en el tratado de paz del año 242 a .C. se estableció, como consecuencia de la victoria romana, lo siguiente: "Que haya amistad entre romanos y cartagineses bajo las cláusulas referidas a continuación, si las ratifica el pueblo romano; los cartagineses se retirarán de toda Sicilia, no lucharán contra Hieran, ni tomarán las armas contra los siracusanos ni contra sus aliados; devolverán a los romanos los prisioneros sin rescate y pagarán a los romanos dos mil doscientos talentos de Eubea en el plazo de veinte años "7. Comunicado esto a Roma, el gobierno no estuvo conforme con tal pacto, sino que envió decenviros para que se encargasen de una nueva negociación. Estos, una vez llegados allí, no cambiaron ninguno de los acuerdos principales, pero impusieron condiciones más duras a los cartagineses. Redujeron a la mitad el tiempo de pago de la indemnización, que, además, aumentaron en mil talentos, y añadieron la orden de evacuar las islas que hay entre Italia y Sicilia.

Queda claro que el año 242 a .C. no aparecía en el horizonte como parte del conflicto entre ambas potencias el interés por la Península Ibérica. Podemos sostener entonces que al término de la primera guerra púnica, Hispania aún no jugaba ningún rol en la disputa territorial8.

Nos cuenta Polibio que "los cartagineses, tan pronto como ordenaron sus asuntos en Libia [se. 239 a .C.], reclutaron fuerzas y al punto enviaron a Amílcar a los territorios de Iberia "9.

La acción de Amílcar en la Península consistió, según Polibio, en "restablecer" los intereses de Cartago en España; sometió a muchos pueblos por las armas o los atrajo por la negociación. En el año 229 a .C. Asdrúbal había levantado ya la ciudad de Cartago o Ciudad Nueva (Carthago nova), "que proporcionó a Cartago un apoyo no escaso, sino muy importante, en cuanto a su política, principalmente debido a su ventajosa posición respecto a sus intereses tanto en Iberia como en Libia... Mas los romanos, tras advertir que Asdrúbal se había alzado ya con un poder demasiado grande y peligroso, se apresuraron a intervenir en los asuntos de Iberia"10. Esta afirmación de Polibio que hemos subrayado es de gran relevancia. Ella nos da indicios de la existencia de un interés romano por Hispania aun antes de la aparición armada de Aníbal en contra de Sagunto, interés que se fundaba en las ventajas no políticas sino económicas que estaba generando la Península Ibérica.

Procedieron, entonces, los romanos, más preocupados en ese momento por sus relaciones conflictivas con los galos, a celebrar un tratado con Asdrúbal, por el cual se estableció que los cartagineses no cruzarían el río Ebro, pero "sin hacer mención del resto de España"11. De esta explicación de Polibio podemos concluir que Sagunto no figuró en el tratado por el cual se estableció el límite de la expansión de Cartago, pero no podemos determinar si existían o no relaciones entre Sagunto y Roma. Sin embargo, es importante lo que señala en el sentido de que no se hacía mención del resto de España, ¿significaba esto que Roma tenía ya intereses en territorio hispano? Al parecer, sí.

Aníbal, sucesor de Asdrúbal, procuró fortalecer el dominio cartaginés en España y ampliar el área de influencia de Cartago. Al respecto, Polibio nos relata lo siguiente: "Algunos estudiosos de la historia de Aníbal, al querer señalarnos las causas de la guerra en cuestión entre romanos y cartagineses, aducen primero el asedio de Sagunto por parte de los cartagineses y, en segundo lugar, su paso del río que los naturales del país llaman Ebro, en contra de los tratados. Yo podría afirmar que estos fueron los comienzos de la guerra, pero de ningún modo concedería que fuesen sus causas"12. Luego, Roma y Sagunto pudieron establecer relaciones ya sea antes del año 226 a .C., fecha de celebración del tratado entre Asdrúbal y Roma, o después de dicho tratado, y en todo caso antes del año 219 a .C., fecha del sitio de Sagunto.

Sabemos por Polibio que Aníbal sometió a diversas ciudades en el año 221 y 220 a .C.: Althea, Salamanca, Arbucala. Y se enfrentó con éxito a los carpetanos13. Agrega el historiador: "...una vez derrotados, ya no hubo nadie más allá del Ebro que se atreviera fácilmente a hacerle frente, a excepción de Sagunto. Pero Aníbal, de momento, no atacaba en absoluto a esta ciudad, porque no quería ofrecer ningún pretexto claro de guerra a los romanos hasta haberse asegurado el resto del país; en ello seguía las sugerencias de su padre, Amílcar. Los saguntinos, por su parte, estaban despachando continuamente mensajeros a Roma, porque preveían el futuro y temían por ellos mismos; y querían, igualmente, que los romanos no ignorasen los éxitos cartagineses en España. Hasta entonces, los romanos no les habían hecho el menor caso, pero en aquella ocasión enviaron unos legados que investigaran lo ocurrido". Tras llegar a Cartagena para entrevistarse con Aníbal, "le exigieron que se mantuviera alejado de los saguntinos, pues estaban bajo su protección, y no cruzara el Ebro, según el pacto establecido con Asdrúbal. Aníbal... como si fuera él el encargado de velar por los intereses de los saguntinos, acusaba a los romanos, ante sus embajadores, de que, aprovechando una revuelta que había estallado en la ciudad hacía muy poco, habían efectuado un arbitraje para dirimir aquella turbulencia y habían mandado ejecutar injustamente a algunos hombres principales, asegurando que él no trataría con indiferencia a los que habían sido traicionados... Pero al mismo tiempo Aníbal envió correos a Cartago con el fin de saber qué debía hacer, puesto que los saguntinos, fiados en su alianza con los romanos, dañaban a algunos pueblos sometidos a los cartagineses"14.

Desprendemos, por lo tanto, sin asomo de duda, que Sagunto, ciudad situada en la zona de influencia de Cartago, tenía relaciones formales con Roma desde antes del año 219 a .C. con toda certeza, y con alta probabilidad aun antes de la muerte de Asdrúbal y probablemente desde el mismo año 226 a .C. Polibio, a través de Aníbal, califica a estas relaciones como una alianza, en virtud de la cual sabemos, también por Polibio, que los saguntinos informaban a Roma de los movimientos de Cartagena.

Aníbal avanzó finalmente sobre Sagunto el año 219 a .C.15 Carcopino ha dicho a este respecto: "Como quiera que sea, es indiscutible que todos los documentos que nos han llegado concuerdan en acusar a Aníbal de haber atacado, tomado e incendiado Sagunto, pese a la fe jurada... Esta es la ofensiva traidora con la cual machacan a porfía, sin otra explicación, Estacio, Silio Itálico y Floro"16. Polibio nos proporciona una importante explicación de carácter jurídico del alcance de los tratados firmados entre Roma y Cartago. De especial interés es para nosotros lo siguiente: "Asdrúbal había pactado con autoridad omnímoda un tratado en el que se decía 'que lo cartagineses no cruzarían el río Ebro en son de guerra'. En los pactos de Sicilia [scil. 242 a .C.] consta, como reconocen también aquellos, 'que cada parte garantizará la seguridad de los aliados de la otra', y no sólo los aliados de aquel momento, como interpretaban los cartagineses; pues en tal caso se habría añadido 'que no aceptarían otros aliados que los que entonces tenían', o bien 'que los aceptados posteriormente no se incluirían en el pacto'. Pero no se hizo constar ninguna cláusula en este sentido, con lo cual quedó claro que la seguridad afectaba a los aliados de ambas partes, a los de entonces y a los que se adhirieran posteriormente"17. De esto se desprende que la alianza entre saguntinos y romanos tuvo lugar después del año 242 a .C. y antes del año 220 a .C. De hecho, Polibio agrega: "...era también notorio que los saguntinos ya se habían aliado con los romanos muy anteriormente a la época de Aníbal. He aquí la máxima prueba de ello, reconocida por los mismos cartagineses: cuando los saguntinos se pelearon entre ellos, no se dirigieron a los cartagineses, a pesar de que los tenían muy cerca y disponían ya de los asuntos de España, sino a los romanos, y gracias a ellos enderezaron su situación política"18.

¿Alcanza ese tiempo al tratado del año 226 a .C.? No es posible establecerlo con certeza, pero en todo caso, y de acuerdo a lo que relata Polibio, es seguro que la alianza Roma-Sagunto tuvo lugar entre el año 226 y la asunción de Aníbal ( 220 a .C.), incluso algunos autores fechan la celebración del tratado en el año 231 a .C.19

Podemos afirmar, entonces, que la usual fecha de inicio de la romanización de la Híspanla , fijada por la historiografía tradicionalmente en el año 218 a .C., es por lo menos cuestionable. En efecto, Roma interviene en los asuntos de una ciudad hispano-indígena, Sagunto, aun antes de la segunda guerra púnica, y para resolver graves conflictos internos de la misma. Esta intervención, resultado de la alianza romano- saguntina, constituye un factor de romanización y, en consecuencia, puede señalarse como el hito que marca la presencia romana en la Península Ibérica : más aun en la Historia del Derecho, pues los sucesos tienen una clara connotación jurídica.

Esta afirmación se ve respaldada, además, en lo señalado por Polibio: "Aníbal... cruzó el río Ebro y sometió a las tribus de ilergetes y bargusios, también a los ernesios y a los andosinos, hasta llegar a los llamados Pirineos. Redujo a todos estos pueblos... Dejó a Hannón como gobernante de todo el territorio desde el río hasta los Pirineos, y de los bargusios, pues desconfiaba mucho de ellos porque eran amigos de los romanos"20. Podemos concluir que Roma tenía intereses e influencias en Hispania aun antes de la segunda guerra púnica, cuestión que se confirma con la actitud de los bargusios. Resulta difícil pensar que ellos comenzaran su amistad con Roma después del inicio de la guerra, más aun si pensamos que Aníbal dominaba militarmente en la Península Ibérica.

Raúl Buono-Core ha destacado en este sentido el papel jugado por Marsella (Massilia) como colaboradora de Roma en el conocimiento de los movimientos de Cartago en la Península Ibérica , así como cierta influencia de esta ciudad en algunos senadores romanos para el diseño de una política militar respecto de Cartago21.

Aun cuando no tenemos una fecha cierta para el inicio del contacto de Roma con ciertos pueblos primitivos de la Península Ibérica , constituye un error fijar el comienzo de la romanización en el año 218 a .C.22. Ella se inició, por el contrario, en algún momento entre el año 226 a .C. y el año 220 a .C. Cabe agregar incluso, como señala William Harris, que es probable que Roma incitara a los saguntinos a actuar de modo agresivo con los aliados de Cartago, hecho que ocurre obviamente antes del año 218 a .C.23.

Si aceptamos el cambio de fecha del inicio de la romanización, debemos agregar, en consecuencia, que no es un fenómeno de naturaleza militar -la presencia de ejércitos romanos en Iberia- el que marca la romanización, sino uno de carácter político: los contactos entre romanos y los peninsulares saguntinos y burgusios.

2.1. Características de las relaciones entre Roma y Sagunto

Un contacto efímero entre saguntinos y romanos caracterizado por la superficialidad no puede ser considerado un hito del inicio de la romanización. La romanización supone cierta influencia del modo de ser romano en los pueblos indígenas hispanos24. ¿Qué grado debe tener esta influencia? Obviamente requiere algo más que los meros contactos; sin embargo, es algo que no exige un alto grado de desarrollo. La sustitución del modo de vida indígena y la adopción del romano es el fenómeno que resulta de la culminación del proceso que por décadas, quizá siglos, se desarrolla en Hispania.

Polibio nos presenta una relación entre saguntinos y romanos con carácter de estrecha25. Los indígenas de España actuaban como informantes de Roma y esta les prestaba protección. Polibio emplea incluso la expresión 'alianza' para referirse a sus vínculos26. William Harris califica a la relación Sagunto-Roma como parte de la tradición de entablar contactos amistosos con pequeños Estados27. No niega el carácter de estas relaciones la falta de apoyo decisivo de Roma a Sagunto durante los ocho meses en que fue sitiada por los cartagineses. Razones poderosas de política interna, así como de preparación de un contingente militar, justificaron este retraso, si bien "la declaración de guerra fue enviada tan pronto como Roma supo la caída de Sagunto"28. Carcopino, citando a Tito Livio (28, 29), relata que Roma liberó en el año 212 a .C. a Sagunto de los púnicos y en el año 203 a .C. recibió con lisonjas a la embajada saguntina. Finalmente, en el año 200 a .C., expresaron algún remordimiento por su pasividad a través del cónsul P. Sulpicio29.

No obstante la discusión de los autores sobre la motivación de la segunda guerra púnica, discusión que gira en torno a si lo relevante fue el cruce del Ebro o la aniquilación de Sagunto, es un hecho que la destrucción de la ciudad de los saguntinos fue utilizada como excusa por los romanos en el inicio de la guerra. ¿Es admisible creer que Roma y Sagunto mantenían relaciones superficiales? No. A la luz de la propia posición militar de Roma, la situación política que describe Raúl Buono-Core en la obra ya citada, y el avance de Aníbal más allá del Ebro en su avance hacia Italia, no se ve necesidad alguna de que Roma invoque el asunto saguntino como excusa para la guerra, a menos, claro está, que efectivamente los lazos entre ambas comunidades hayan tenido un grado importante de madurez. Recordemos en este sentido que Polibio señala a los romanos como árbitros en las diferencias intestinas de Sagunto (este papel de mediador político constituye, a nuestro juicio, un importante factor de romanización)30.

También los burgusios, sobre los que Polibio no nos da mayores detalles, parecían estar en buenas relaciones con Roma, ya que acogieron "cálidamente" a la legación romana del 218 a .C. que buscaba aliados en España frente a Aníbal, si bien les reprocharon la poca ayuda prestada a Sagunto (Liv. 21, 19, 6). Seguramente sus relaciones no serían superficiales, pues si lo hubieran sido los romanos no tendrían por qué confiar en su amistad y en su resistencia ante el avance de Cartago.

Por su parte, los saguntinos tomaron contacto con la ciudad de Roma, con sus costumbres, en sus visitas para informar del avance de los cartagineses y para pedir ayuda a Roma31. Es claro, entonces, que podemos considerar a los vínculos surgidos varios años antes del 218 a .C. entre romanos e indígenas hispanos, como factores de romanización.

2.2. ¿Cuáles fueron las motivaciones del contacto entre Roma y Sagunto?

De los diversos pasajes ya citados de Polibio, podemos concluir que el interés romano fue esencialmente político. Roma no sólo tuvo a Marsella para que le informara sobre los movimientos de Cartago, sino que logró en Sagunto un aliado indígena: cercana ya sea al río Suero o al río Iberus, es decir, al límite de influencia fijado el año 226 a .C.32 En relación con este punto surgen algunas preguntas: ¿por qué se fijó como límite el Ebro?, ¿influiría en ello la relación Sagunto-Roma?

William Harris califica el surgimiento de los lazos con Sagunto como parte de la política defensiva del Senado romano ante el avance cartaginés en la Península Ibérica : "España en particular era probablemente considerada por los senadores romanos como una rica presa a obtener en la guerra contra Cartago"33 . Cabe recordar en este punto que Roma envió en el año 231 a .C. una embajada ante Amílcar Barca, a petición de Marsella, preocupado por su avance en la Península Ibérica34. Jéróme Carcopino nos recuerda que, según Tito Livio, Sagunto pasó a constituir un Estado-tapón entre los dos imperios de Roma y Cartago35.

Podemos afirmar que Roma inició con Sagunto relaciones más o menos estrechas con un afán político de carácter defensivo36. Dichas relaciones tuvieron su inicio en una época que va desde el año 242 a .C. al año 220 a .C., es decir, claramente unos años antes del año que da inicio a la segunda guerra púnica. Producto de las mismas los romanos intervinieron en la solución de asuntos de política interna de Sagunto37.

Polibio (2, 13, 2) menciona, asimismo, un interés económico de Roma en la Península teniendo a la vista las actividades de Cartago38.

Por todo lo anterior, queda demostrado que contiene un doble error la afirmación de la Historia del Derecho tradicional, según la cual la romanización comienza el año 218 a .C., ya que se inicia con anterioridad a dicha fecha, quizás ocho años antes, y con un fenómeno de carácter político-económico, no con uno militar.

Queda demostrado asimismo que se ha pasado por alto hasta ahora la relación de los romanos con los burgusios, relación que constituye un apoyo a la idea de una romanización anterior a la segunda guerra púnica.

A mayor abundamiento, cabe señalar lo expresado por Tarradell a propósito del conflicto romano-cartaginés: "La acción de Amílcar no resultó difícil... dirigiéndose posiblemente hacia la costa este... Entonces comienza a manifestarse la preocupación de los romanos. Estos no sólo estaban interesados en mantener la costa del este bajo control comercial de sus aliados griegos, como siempre se ha venido repitiendo. Hay más: los hallazgos demuestran que por estas fechas [se. 237, 225 a .C.] la penetración comercial romana comenzaba a ser efectiva, pues las cerámicas fabricadas en Campania aparecen con frecuencia en el área ibérica. La vajilla es un testimonio que ha perdurado. Pero debió de venderse junto con otros productos que nos resultan inasequibles porque no se han conservado. Roma, pues, en el 226 envió legados recordando la existencia del tratado que fijaba la frontera entre las dos esferas de acción comercial en torno... [se. al] Ebro, lo cual representa un repliegue romano, por lo menos momentáneo"39.

NOTAS

1 Los autores desean agradecer al profesor chileno don Raúl Buono-Core su importante contribución en la preparación de este trabajo, y a don Luciano Abejón Peña, de Valladolid, por su colaboración técnica.

2 Ver, entre otros. Tovar, A. - Blázquez, J.M., Historia de la Hispania Romana. La Península Ibérica, desde 218 a .C. hasta el siglo V, Alianza Ed., Madrid. 1975, pp. 16 y ss.; Blázquez, J.M. (et al.). Historia de España Antigua. Tomo II. Hispania romana, Cátedra, Madrid, 1978, p. 175; Tuñón de Lara, M. - Tarradell, M. - Mangas, J., Historia de España / 3 , Labor, Madrid, 1982, p. 216; Montenegro Duque, A. - Blázquez Martínez, J.M. - Solana Sáinz, J.M., Historia de España 3 . España romana. Credos, Madrid, 1986, pp. 7 y ss.; Blázquez, J.M. - del Castillo, A., Manual de Historia de España 1 . Prehistoria y Edad Antigua, Espasa-Calpe, Madrid, 1991, pp. 222 y ss.

3 Eyzaguirre, J., Historia del Derecho, Ed. Universitaria, 1994; Merello, I., Historia del Derecho I, Ed. Universidad Católica de Valparaíso.

4 Altamira y Crevea, R., Manual de Historia de España, Ed. Sudamericana, 1946; García-Gallo, A., Manual de Historia del Derecho, Madrid, 1959-1962.

5Altamira y Crevea, R., Manual... op. cit., p. 59.

6 Ver Pérez-Prendes, J.M. Curso de Historia del Derecho Español, vol. 1, Ed. Univ. Complutense, Madrid, 1986, p. 327;Montanos Ferrín, E. - Sánchez-Arcilla, J., Historia del Derecho y de las Instituciones, tomo I, Dykinson, Madrid, 1991, p. 33; Escudero, J.A., Curso de Historia del Derecho. Fuentes e Instituciones político-administrativas 2 , Madrid, 1995, p. 110; Sánchez-Arcilla Bernal, J., Historia del Derecho I. Instituciones político-administrativas, Madrid, 1995, p. 25; Iglesia Ferreirós, A., La creación del derecho. Manual, tomo I. Una historia de la formación de un derecho estatal español, 2a ed. corr., Marcial-Pons, Madrid, 1996, pp. 118-119; entre otros.

7 Pol. 1, 62, 8-9; 63, 1-3. Véase al respecto, Gianelli, G., Roma nell'etá delle guerre puniche (Storía di Roma, vol. II), Licinio Capelli Ed., Bologna, 1938, pp. 99-101.

8 El primer contacto de Roma con Hispania pudo darse en 231 a .C., con el envío de legados de Roma a investigar las actividades de Amílcar en la Península , según Dión Casio, frg. 48 (Boiss.) (ver dudas sobre la historicidad de este pasaje en Walbank, F.W., A historical Commentary on Polybius, vol. I, Oxford University Press, 1957, p. 168). Por otra parte, el tratado romano-cartaginés del 348 a .C. (Pol. 3, 24, 4) ponía como límites a la influencia de Roma y sus aliados las localidades de Kalon Akroterion (¿Cabo Fariña?) y Mastia de Tarsis, esto es, la costa meridional de la Península Ibérica , la franja costera situada al oeste de Cartagena: ello no es una prueba de la existencia de contactos comerciales de Roma con la Península en dicha fecha, pero sí de que los cartagineses contemplaban esa posibilidad; véase sobre ello, Richardson, J.S., Hispaniae: Spain and the development of Román imperialism, 218-82 b.C., Cambridge University Press, 1986, pp. 20-21; también del mismo autor, Hispania y los romanos (Historia de España II), Crítica, Madrid, 1998, pp. 23-24; además, Knapp, R.C., Aspects of Román Experience in Iberia, 206- 100 b.C, Univ. de Valladolid, 1977, p. 205; "Rome would neither have included in a treaty a limit the geographical implications of which she did not understand ñor a clause which was a benefit solely to an ally".

9 Pol. 2, 1,5.

10 Pol. 2, 13, 2/3; el destacado es nuestro.

11 Pol 2, 13, 7; Cfr. además Pol. 3, 27, 9; 3, 15, 5; 3, 29, 3; 3, 30, 3; App. Ib. 7; Zonaras 8, 21; Tito Livio (21, 2, 7) dice, sin embargo, que en dicho tratado romanos y cartagineses se repartieron las zonas de influencia respectivas en la Península Ibérica. En relación al "tratado del Ebro" hay una abundantísima bibliografía: ver referencias en Blázquez, J.M., "Las alianzas en la Península Ibérica y su repercusión en la progresiva conquista romana", rida 14 (1967), pp. 211-212, nota 6; además, Hampl, F., "Vorgeschichte des ersten und zweiten Punischen Krieges", Aufstieg und Niedergang der Romischen Welt 1.1, Walter de Gruyter, Berlin/New York, 1972, pp. 428 y ss.; Sancho Royo, J., "En torno al tratado del Ebro entre Roma y Asdrúbal", Habis 1 (1976), pp. 75 y ss.; Santos Yanouas, N., "El tratado del Ebro y el origen de la segunda guerra púnica", Hispania 136 (1977), pp. 269 y ss., 276 y ss.; Richardson, Hispaniae... op. cií., pp. 21 y ss. Sobre las probables influencias masaliotas en la firma del tratado, véase Blázquez, "Las alianzas...", op. cit., pp. 211 y ss.; Errington, R.M., "Rome and Spain before the Second Punic War", Latomus 29 (1970), pp. 34 y ss.; Chic García, G., "La actuación político-militar cartaginesa en la Península Ibérica entre los años 237 y 218", Habis 9 (1978), pp. 237 y ss. La inclusión en el tratado de una cláusula favorable a Sagunto, excluyéndola del dominio cartaginés (referida por Tito Livio, Zonaras y Apiano), parece poco digna de crédito: cfr. últimamente Richardson, Hispania y los romanos, op. cit., pp. 25-26.

12 Pol. 3, 6, 1-3. Cfr. Walbank, Commentary..., op. cit., pp. 305 y ss.

13 Pol. 3, 13, 5-7; 3, 14, 1-9. Cfr. Liv. 21, 5, 1 y ss.; App. Ib. 9 y ss.; An. 3; Zonaras, 8, 21.

14 Pol. 3, 15, 5-6/7-8, el subrayado es nuestro. Cfr. Errington, "Rome and Spain...", op. cit., pp. 43 y ss.

15 Carcopino, J., "Le traite d'Hasdrubal et la responsabilité de la deuxiéme guerre punique", Rev. Ét Ame. 55 (1953), pp. 258 y ss., señala a este respecto: "Assurément, il est bien vrai que la siége de Sagonte a duré huit o neuf mois, de debut du primtemps á la fin de l'automne 219 av. J.C.". Ver también giannelli, Roma..., op. cit., p. 149, y Hampl, "Vorgeschichte...", op. cit., p. 430 y nota 36.

16 Carcopino, J., Las etapas del imperialismo romano, Ed. Paidós, Buenos Aires, 1968, p. 26. Cfr. Sil. Ital., Púnica 1,270 - 2,695; Stat. silvae 4, 6, 83; Flor. epit. 1, 22, 1-10.

17 Pol. 3, 29,3-5; el subrayado es nuestro.

18 Pol. 3, 30, 1-3.

19 BUONO-CORE VARAS, R., "Aspectos de política exterior en Roma entre los siglos III y II a.C.", en Semana de Estudios Romanos, 1984, p. 66 nota 53, dice lo siguiente: "La conjetura de E. Taubler, Vorgeschichte des zweiten punischen Kriegs (Berlín, 1921), p. 44, de que el tratado fue firmado en el 231 a .C. es generalmente aceptada. Polibio, III, 30, afirma solamente que el tratado fue celebrado varios años antes de la época de Aníbal". Por nuestra parte, nos parece que de la lectura de Polibio no se desprende una fecha cierta; si Polibio no la ofrece es seguramente porque la desconocía y, en estas circunstancias, preferimos optar por una fecha más cauta: con toda probabilidad, el acuerdo no pudo ser anterior al tratado del Ebro del 226 a .C., véas Blázquez, "Las alianzas...", op. cit., pp. 214 y ss., con más referencias. En todo caso, no parece que el acuerdo o alianza entre Roma y Sagunto constituyera un auténtico foedus desde el punto de vista jurídico-formal, sino más bien una muestra de \a fides de los saguntinos hacia Roma (cfr. Liv. 21, 7, 3; Sallust. frg. Hist. 2, 64; Flor. 1, 22, 3): sobre ello, ver Badián, E., Foreign Clientelae (264-70, b.C.), Oxford, 1958, p. 293; Errington, "Rome and Spains...", op. cit., pp. 41 y ss. Por el contrario, Knapp, Aspeas..., op. cit., p. 40, defiende la existencia de una alianza formal (societas), aunque no de un tratado en esa época; así mismo, Hampl, "Vorgeschichte...", op. cit., pp. 429 y ss. Por su parte, Richardson, Hispaniae..., op. cit., p. 22, se manifiesta escéptico respecto a la posibilidad de dar una solución satisfactoria del problema (Vid. más referencias ibidem, nota 42). Cfr. infra nota 25.

20 Pol. 3, 35, 2-4; el subrayado es nuestro.

21 BUONO-CORE, R., Aspectos de la lucha política en Roma en la segunda mitad del siglo lll a.C., Ediciones Universitarias de Valparaíso, Univ. Católica de Valparaíso, pp. 27 y ss. Cfr. supra nota 11.

22 No existe ninguna discusión entre los autores sobre la existencia de contactos entre Roma y Sagunto antes del inicio de la segunda guerra púnica; ver en este sentido, Pol. 3, 30; véase al respecto Buono-Core, Aspectos de la lucha política..., op. cit., p. 37, quien da a su vez referencias de diversos autores contemporáneos (W. Hoffmann, F.W. Walbank; H.H. Scullard; T.A. Dorey, etc.), y Harris, W., Guerra e imperialismo en la Roma republicana 327- 70 a .C., Ed. Siglo XXI, Madrid, 1979, pp. 188 y ss.

23 Harris, Guerra e imperialismo..., op. cit., p. 198.

24 Para los historiadores filorromanos, los saguntinos (aliados de Roma), en su resistencia frente a un ejército más poderoso en defensa de su libertad, representaban el modelo ideal del heroísmo y las viejas virtudes romanas: véase al efecto Liv. 21, 7-8/11-12/14-15; App. Ib. 11-12. Los hechos históricos desmienten esta interpretación de corte épico: cfr. Roldan, J.M., en Blázquez (et al), Historia..., op. cit., p. 30.

25 Astin, A.E., "Saguntum and the Origins of the Second Punic War", Latomus 26 (1967), p. 589, sostiene, en contra de la opinión de muchos autores, que las relaciones no dieron lugar a un tratado formal: "many have supposed that there was a formal alliance, and consequently have engaged in hypothesis about the chronological and legal relationships between such an alliance and the Ebro treaty. But it has been pointed out that there are two powerful arguments against the theory of a formal treaty". En el mismo sentido, ver Errington "Rome and Spains...", op. cit., pp. 41-42; Santos Yanouas, "El tratado del Ebro...", op. cit., pp. 286 y ss.; cfr. supra nota 21. No obstante, las razones aducidas no resultan necesariamente contrarias a la existencia de un tratado formal. Por lo demás, este no tiene por qué tener una fecha de celebración anterior al tratado del Ebro o coetánea (cfr. supra nota 19): véase, a este respecto, Hampl, "Vorgeschichte...", op. cit., pp. 429-430. El argumento, defendido por otros autores, de ser los saguntinos dediticios de Roma, también parece muy débil: el efecto de la deditio es a menudo la périda del carácter estatal y de todo Derecho autónomo de la ciudad vencida por las armas (cfr. sin embargo, Kaser, M., lus gentium, Bó'hlau, Küln/Weimar/Wien, 1993, p. 31), luego mal podría Roma en tal caso defender Sagunto frente a Cartago alegando los derechos saguntinos.

26 Pol. 3, 15, 7: _ jivrpcm _ ("alianza"); Pol. 3, 30, 1: _ ji_Tpe\|/av ("se aliaron"). La expresión es confusa, porque lo mismo puede significar 'deditio' que 'arbitraje': cfr. Walbank, Commentary..., op. cit., pp. 322 y 357.

27 Harris, Guerra e imperialismo..., op. cit., p. 198.

28 Harris, Guerra e imperialismo..., op. cit., p. 200. En realidad, la cuestión se sustanció a través del envío de una legación a Cartago con un ultimátum de condiciones inaceptables para los púnicos: cfr. Pol. 3, 20 y 33; Liv. 21, 18 y ss.; App. Ib. 13; Zonaras 8, 22; Flor. 1, 22; Sil. Ital. Pun. 2,383 y ss. Sobre las diversas interpretaciones, ver Hampl, "Vorgeschichte...", op. cit., pp. 431 y ss.; Santos Yanouas, "El tratado del Ebro...", op. cit., pp. 292 y ss.; Roldan, en Blázquez (et al.), Historia..., op. cit., p. 33. Sin embargo, richardson, Hispaniae..., op. cit., p. 29, señala que la declaración de guerra obedeció más al temor de Roma por el incremento del poderío cartaginés que por el deseo de defender a un aliado; en el sentido del texto, Hampl, "Vorgeschichte...", op. cit., p. 437.

29 Carcopino, Las etapas..., op. cit., p. 31.

30 Pol. 3, 15, 7; 3, 30. No resulta evidente si la intervención de Roma obedecía a la invitación de los saguntinos o una iniciativa unilateral. Sin embargo, errington, "Rome and Spain...", op. cit., pp. 44-45, sugiere que el arbitraje pudo ser ofrecido a Roma precisamente por su escaso interés por los asuntos de Iberia, en contraposición al notorio intervencionismo cartaginés. Por su parte, Knapp, Aspects..,, op. cit., p. 206, destaca las relaciones tradicionales de Sagunto con Italia desde tiempos muy antiguos, lo que explicaría una llamada de auxilio a Roma. Richardson, Híspania y los romanos, op. cit., pp. 27-28, pone el énfasis en los aspectos estratégicos de la relación de Roma con Sagunto. En todo caso, la intervención hubo de producirse después del 226 a .C. y no antes del 221- 220 a .C.: véase al respecto, Blázquez, "Las alianzas...", op. cit., pp. 214-215.

31 Pol. 3, 15. Sagunto era la ciudad más rica al sur del Ebro (Pol. 3, 17, 3; Liv. 21, 7, 2-3) y no tenía más remedio que aliarse con Roma, dado el fuerte hostigamiento que sufría desde el lado cartaginés y su apetecible situación estratégica (Liv. 21, 15/17; App. Ib., 7/12; Diod. 25, 15; Flor. 1, 22, 3; Oros. 4, 14, 1); cfr. al respecto, Blázquez, "Las alianzas...", pp. 217-218.

32 Carcopino, "Le traite...", op. cit., pp. 259 y ss., discurre sobre la ubicación exacta del río Ebro a que se refiere Polibio; p. 291: "Ainsi la preuve péremptoire nous est administrée par Diodore d'un temps ofl, au Sud de Sagonte, le Jucar, l'ancien Sicanus, le futur Sucro, s'est nommé... l'Ebre, tout comme la grand fleuve pyrénén, et c'est ce Petir Ebre qu'a vise le traite d'Hasdrubal". Pero cfr. Pol. 3, 35, 2 y Liv. 21, 23, 1, que hacen a Aníbal cruzar el Ebro tras la toma de Sagunto, no antes. Véanse también Hampl, "Vorgeschichte...", op. cit., pp. 434-435; Santos Yanguas, "El tratado del Ebro...", op. cit., pp. 281 y ss., y Richardson, Hispaniae..., op. cit., pp. 26-27, en contra de la interpretación de Carcopino.

33 Harris, Guerra e imperialismo..., op. cit., p. 202. En contra, richardson, Hispaniae..., op. cit., p. 30, que considera este aspecto secundario respecto a las preocupaciones romanas, primordialmente defensivas.

34 Cfr. Cass. Dio frg. 48 (Boiss.): al respecto, ver supra nota 10. Véase también Buono-Core, "Aspectos de política exterior...", op. cit., pp. 65 y ss.

35 Carcopino, "Le traite...", op. cit., p. 267.

36 Richardson, Híspanme.,, op. cit., p. 28; id., Híspanla y los romanos, op. cit., pp. 27-28.

37 Cfr. supra nota 30, Mangas, J., "El papel de la diplomacia romana en la conquista de la Península Ibérica (226- 19 a .C.)", Híspania 116 (1970), pp. 485 y ss., pone de relieve el hábil juego de la diplomacia romana en España aun antes de iniciarse las hostilidades con Cartago, ya fuera en provecho propio o de su aliada Massilia.

38 Mangas, "El papel de la diplomacia...", op. cit., p. 485. Véase también Knapp, Aspects..., op. cit., p. 206, quien hace referencia a la temprana presencia de cerámica romana en la Península , lo que da idea de la existencia de contactos económicos desde antiguo.

39 Tarradell, M., Historia de España y América Social, p. 110. Cfr. también Knapp, Aspects..., op. cit., p. 206.