INVESTIGACIÓN JUDICIAL Y PRODUCCIÓN DE PRUEBA POR LAS PARTES
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Resumen
La clásica confrontación entre modelos de litigación civil adversarial e inquisitivo, cada vez es más relativizada por la experiencia de las regulaciones procesales contemporáneas. No existen en la realidad sistemas de enjuiciamiento civil que entreguen toda la conducción del proceso a las partes o, por el contrario, al juez. En todo caso, en los modelos de enjuiciamiento civil en los que el descubrimiento de la verdad y la resolución justa según derecho de los conflictos intersubjetivos juega un rol determinante, es decir, modelos procesales de orientación epistemológica, la aportación de prueba al proceso no queda entregada exclusivamente a las partes, sino que consagran un rol más activo del juez en este sentido; un juez comprometido con la consecución de la verdad y la justicia, lo que debe siempre realizarse con pleno respeto de las garantías procesales de las partes, en especial, con el derecho de defensa y de aportar medios de prueba. Y la tendencia observable en la mayoría de los ordenamientos jurídicos comparados, destaca positivamente por fortalecer en forma simultánea y con total compatibilidad, los poderes del juez y los derechos procesales de los justiciables.