1. Política editorial
- Origen y finalidad de la revista. La Revista de Derecho de la Universidad Austral de Chile o Revista de Derecho (Valdivia) es una revista de estudios generales de Derecho fundada en 1990, que se publica en formato impreso y digital. Su objeto es contribuir al desarrollo de las ciencias jurídicas, promoviendo la discusión crítica y plural de problemas relevantes. La Revista se compone de tres secciones: investigaciones, jurisprudencia comentada y recensiones; en cada una de ellas se aceptan trabajos inéditos de cualquier disciplina jurídica.
-
Acceso y cargos de procesamiento de artículos. La Revista de Derecho (Valdivia) es una publicación de acceso abierto y por consiguiente, todo su contenido está disponible para los lectores de manera gratuita y sin necesidad de suscripción.
Los costos de la edición de artículos son asumidos íntegramente por la Universidad Austral de Chile, de modo que los autores no deberán asumir ningún cargo de procesamiento de los mismos, ni asociados a su envío ni a su publicación.
2. Envío de manuscritos
- Temporadas. Respecto de las investigaciones, existen dos temporadas de recepción: (i) desde el 2 de enero y hasta el 30 de abril; y (ii) desde el 16 de julio hasta el 30 de octubre. Solo serán sometidos al procedimiento de evaluación las investigaciones enviadas dentro de temporada.
- Dirección electrónica y copia sin marcas de autoría. Toda colaboración debe ser enviada a través de nuestra plataforma de Open Journal Systems. En el archivo respectivo no debe figurar ni el nombre del autor ni cualquier otro rastro de su autoría, tanto en el archivo como en el texto mismo, de manera tal que pueda ser utilizado para los respectivos arbitrajes ciegos.
- Compromiso. El envío de una colaboración a la Revista conlleva el conocimiento y aceptación completa de las presentes instrucciones. Quien envíe a la Revista un trabajo para su publicación, deberá firmar y adjuntar al mismo un compromiso de autoría, el cual podrá descargar de la página web de la Revista. A través de este documento se acepta todo lo indicado en las presentes normas editoriales, en especial, lo detallado en los numerales 3, 8, 9 y 10.
3. Colaboración original y autoría
- Coautorías. La autoría se limita únicamente a quienes han realizado una colaboración sustancial. No serán admitidas colaboraciones firmadas por más de tres autores.
- Colaboración inédita. Todo trabajo sometido a la consideración de esta Revista debe ser inédito, es decir, no debe encontrarse publicado previamente, sea total o parcialmente, por medios físicos o digitales (incluidas las plataformas del tipo Academia.edu). Tampoco puede estar siendo evaluado por alguna otra revista, ni pendiente de aceptación o publicación.
- Traducciones. Se considerarán inéditos los trabajos escritos en idioma extranjero que se encuentren publicados y que se traduzcan por primera vez al español, ya sea por el propio autor o por un tercero, siempre que el Consejo Editorial así lo califique en atención a la relevancia del trabajo traducido. El interesado deberá requerir esta autorización al Consejo Editorial antes del envío del trabajo.
- Tesis. En caso que la colaboración derive de un trabajo académico anterior, como por ejemplo, de una tesis de pregrado, magister o doctorado, dicha circunstancia debe ser explícitamente señalada por el autor en una nota a pie de página inicial.
4. Presentación
- Título. El autor titulará su trabajo, tanto en español como en inglés, de la forma más breve posible (con un máximo de 20 palabras).
- Resumen. El trabajo contendrá al inicio un resumen en español e inglés que proporcione una idea precisa de su contenido. El resumen no podrá exceder de las 200 palabras.
- Palabras Clave. El trabajo consignará a continuación del título, en español e inglés, de 3 conceptos clave referidos al contenido del trabajo.
- Límite de palabras. Las colaboraciones correspondientes a investigaciones no podrán tener una extensión superior a 10.000 palabras, incluidas las notas a pie de página y la bibliografía final. La jurisprudencia comentada no deberá superar las 2.500 palabras, incluidas las notas a pie de página (máximo 10) y excluido el contenido del fallo que deberá ser extractado por el autor. Las recensiones no podrán extenderse a más de 1.500 palabras, incluidas las notas a pie de página (máximo 5).
5. Contenido
- Fuente, caja, interlineado y énfasis. Los trabajos deben estar escritos en idioma español, en páginas tamaño carta, letra Times New Roman, cuerpo 12, a espacio y medio. El uso de la cursiva está únicamente reservado para las palabras o expresiones de otro idioma (incluidos extranjerismos y latinismos crudos) y los títulos de obras de creación.
- Subtítulos. El cuerpo del trabajo se dividirá en secciones numeradas con romanos. Cada párrafo podrá nuevamente ser dividido en parágrafos señalados con números arábigos, seguidos de un punto. Cuando se apliquen nuevas subdivisiones en el interior de los parágrafos, cada una de ellas será señalada con letras con paréntesis final. Por ejemplo: I 1. a) y así sucesivamente.
- Citas textuales. Las citas textuales de más de cinco líneas deben estar separadas del escrito, pero con la misma fuente, sin cursivas y una mayor sangría.
- Notas a pie de página. Las notas al texto y las citas bibliográficas deberán ser realizadas al pie de cada página, en letra Times New Roman, cuerpo 10, a espacio y medio. Las primeras, en su carácter explicativo, deben estar limitadas a lo estrictamente necesario en número y contenido. Por su parte, las segundas, en su carácter bibliográfico, deben cumplir las normas que siguen.
6. Citas a pie de página
- Las citas bibliográficas a pie de página se ordenarán de la siguiente manera: primer apellido del autor en versalitas, año de publicación de la obra (cuando el autor tenga varias obras publicadas en un mismo año se pondrán letras al lado de la fecha, comenzando por a, b, c,…) y el número de página. Ejemplo:
Obras con un autor: Welzel, 1969, p.105.
Obras con dos autores: Alchourrón y Bulygin, 2015, p. 50.
Obras con más de dos autores: Lacruz et al., 2006, pp. 67-69.
Obra con autor institucional: Inter-Parliamntary Union, 1976, pp.879 y ss.
Dos o más obras del mismo autor y año de publicación: Guzmán, 2010a, p. 30 y Guzmán, 2010b, pp. 100-101.
Sitio Web: Endicott, 2016.
- Las citas de normas jurídicas a pie de página indicarán: la norma citada o el número de la ley y su año de publicación. Ejemplos:
Ley 20.422, 2010.
Convención sobre los Aspectos Civiles del Secuestro Internacional de Niños, 1994.
Boletín 3815-07
- Las citas de jurisprudencia (judicial o administrativa) contendrán: tribunal, fecha y rol.
Ejemplos:
Corte de Apelaciones de Antofagasta, 29.7.2010, rol 245-2010.
Tribunal Constitucional, 1.12.2016, rol 2938-15
Contraloría General de la República, 28.11.2016, Nº 085700N16
7. Referencias completas al final del trabajo
- Las referencias de la bibliografía citada se incluirán en orden alfabético bajo “Bibliografía”.
Ejemplos:
Libro:
Welzel, Hans, 1969: Das Deutsche Strafrecht. Eine systematische Darstellung, Berlin: Walter de Gruter & Co.
Bentham, Jeremy, 1996: An introduction to the principles of morals and legislation, (edits. J.H. Burns y H.L.A. Hart), Oxford, Clarendon Press
Alchourrón, Carlos y Bulygin, Eugenio: 2015, Sistemas normativos, (2º edición), Buenos Aires: Editorial Astrea
Lacruz, J., Sancho, F., Luna, A., Delgado, J., Rivera, F., y Rams, J., 2006: Elementos de derecho civil I. Parte general (4º edición), Tomo I, Madrid, Dykinson
Inter-Parliamntary Union, 1976: Parliaments of the world. A comparative reference compendium (2º edición), Tomo I, New York, Facts on File Publications
Libro traducido:
Colin, Ambrosio y Capitant, Henry, 1981: Curso elemental de derecho civil, (trad.) Revista General de Legislación y Jurisprudencia (2º edición francesa), Tomo IV, Madrid, Reus, S.A.
Capítulo de libro:
von Savigny, Friedrich, 1994: “Sobre el fin de la revista de la escuela histórica” (trad. R. Atard), en José Juan Moreso y Pompeu Casanova (editores), El ámbito de los jurídico, Barcelona, Crítica, pp. 22-31 [“Über den Zweck dieser Zeitschrift” [1815], en Thibaut und Savigny. Ihre programmatischen Schriften, Verlag Franz Vahlen, Munich, 1973, pp. 231-254]
Artículo de revista:
Mañalich Raffo, Juan Pablo, 2015: “El comportamiento supererogatorio del imputado como base de atenuación de responsabilidad”, Revista de Derecho (Valdivia), volumen XXVIII, n° 2.
Documento en formato electrónico:
Goldenberg Serrano, Juan Luis, 2015: “Los créditos legalmente pospuestos en la Ley 20.720”, Revista de Derecho (Valdivia), volumen XXVIII, n°2, pp. 91-116. Disponible en WWW.SCIELO.CL/SCIELO.PHP?SCRIPT=SCI_ARTTEXT&PID=S0718-09502015000200006&LNG=ES&NRM=ISO. [Fecha de consulta: 1.12.2016].
Tesis:
Prat Chacón, Arturo, 1876: Observaciones a la lei electoral vijente. Memoria de prueba para optar al grado de licenciado, leída ante la Comisión Universitaria de la Corte Suprema. Disponible en HTTP://WWW.MEMORIACHILENA.CL/602/W3-ARTICLE-7887.HTML
Informe en derecho:
Aylwin Oyarzún, José y Yañez Fuenzalida, Nancy “Propiedad ancestral indígena sobre las aguas”. Informe en Derecho. Disponible en HTTP://WWW.CEPAL.ORG/DRNI/PROYECTOS/WALIR/DOC/WALIR47.PDF
Sitio web:
Endicott, Timothy (15 de abril de 2016). Law and language. Recuperado el 1.12.2016, de Stanford Encyclopedia of Philosophy: HTTPS://PLATO.STANFORD.EDU/ENTRIES/LAW-LANGUAGE/
- Las referencias de las normas jurídicas citadas se incluirán en orden cronológico, bajo “Normas jurídicas citadas” y a continuación de la “Bibliografía citada”.
Ejemplos:
Ley 20.422, Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, publicada con fecha 10 de febrero de 2010.
Convención sobre los aspectos civiles del secuestro internacional de niños, adoptada con fecha 25 de octubre de 1980. Publicada en Chile con fecha 17 de junio de 1994
Proyecto de ley que establece medidas contra la discriminación, Boletín 3815-07
- Las referencias a la jurisprudencia citada se incluirán en orden cronológico, bajo “Jurisprudencia citada” y a continuación de “Normas jurídicas citadas”.
Ejemplos:
Corte de Apelaciones de Antofagasta, sentencia de fecha 29 de julio de 2010, rol 245-2010.
Tribunal Constitucional, sentencia de fecha 1 de diciembre de 2016, rol 2938-15.
Contraloría General de la República, dictamen de fecha 28 de noviembre de 2016, dictamen 085700N16
8. Evaluación
- Procedimiento de arbitraje y resultados. Una vez que el trabajo sea admitido por cumplir con los requisitos formales establecidos en estas instrucciones, se iniciará el proceso de arbitraje. El arbitraje se realizará por dos evaluadores expertos del área y, en caso de discrepancia, se recurrirá al juicio de un tercer evaluador. En todo arbitraje se aplicará el sistema doble ciego (los árbitros no conocerán el nombre del autor del trabajo y el autor no conocerá el nombre de los árbitros). De acuerdo con el resultado del arbitraje, la Revista decidirá si acepta o rechaza la publicación del trabajo, pudiendo sugerir al autor la realización de cambios en el mismo. Dicho resultado se comunicará al autor a más tardar el 15 de julio, en la primera temporada, y el 15 de enero, en la segunda.
- Pauta de arbitraje. La pauta de arbitraje aplicada refiere a los siguientes aspectos: i) calidad y propiedad en el uso del lenguaje jurídico, así como de la exposición de las ideas y de la construcción de los argumentos; ii) existencia de un planteamiento ordenado y coherente de un problema jurídico; iii) claridad y originalidad de la tesis o planteamiento del autor; y iv) si el trabajo denota un conocimiento actualizado y sólido del saber jurídico, constituyendo un aporte novedoso o interesante al conocimiento jurídico.
Los árbitros deberán indicar si recomiendan la publicación del trabajo sin observaciones, con observaciones menores o formales, o previas modificaciones sustantivas del autor; o si, por el contrario, no recomiendan su publicación, sea porque requeriría modificaciones sustantivas de tal entidad que implicarían su reelaboración o porque carece de la novedad y/o interés exigidos.
- Criterios de Exclusión. En cualquier caso, serán criterios excluyentes para la admisión de los trabajos: i) no incidir en el ámbito disciplinar cultivado por la Revista; ii) no cumplir con las condiciones formales y de citas adoptados por la Revista; iii) no enviar el trabajo a través de la plataforma establecida; iv) no mediar un período de tres años contado desde la última publicación en esta Revista de un artículo del mismo autor (como autor único o en coautoría); y v) enviar un trabajo con algún registro de autoría o que vulnere las directrices éticas de la Revista.
- Aceptación o rechazo. Siempre que no se acepte la publicación de algún trabajo por parte del Consejo Editorial se informará al autor sobre esta decisión, dando cuenta justificada de ella. La aceptación de un trabajo se entenderá firme una vez que el autor reciba el aviso por escrito respectivo.
- Decisión de publicar. La Revista de Derecho de Valdivia se reserva el derecho de decidir sobre la efectiva publicación de los trabajos arbitrados y, en su caso, el volumen y número específico en que se publicará.
10. Directivas éticas y declaración de malas prácticas
1. Deberes de los autores
La revista condena éticamente el plagio y pretende combatirlo en cualquiera de sus manifestaciones.
Los trabajos que se envíen a la revista deberán ser inéditos y el resultado de una investigación original. El trabajo o ideas ajenas deben ser reconocidos como tales a través de las reglas de citación o registro.
La autoría se limita a quienes hayan contribuido sustancialmente al trabajo. Todos los autores deben haber aceptado el envío del mismo para su publicación.
Las fuentes utilizadas por el autor deben identificarse de manera que otros puedan acceder a ellas.
Los trabajos enviados a la Revista no podrán ser remitidos simultáneamente a otras. Tampoco podrá remitirse por segunda vez un trabajo que ya fue previamente rechazado.
En caso de existir una fuente de financiamiento del trabajo, el autor deberá comunicarlo al Director de la Revista al momento del envío como asimismo, cualquier conflicto de interés que pudiere repercutir sobre la imparcialidad de la investigación, como por ejemplo, el hecho de tratarse de un informe en derecho financiado por un tercero.
2. Deberes del Consejo EditorialEl Consejo Editorial de la revista deberá velar tanto por los derechos de los autores como por las buenas prácticas editoriales. El Director deberá informar al Consejo acerca de cualquier tipo de plagio u otra conducta contraria a dichas buenas prácticas que detecte en su labor.
El Consejo deberá resguardar la imparcialidad y confidencialidad de los arbitrajes.
En caso que se presente un caso reñido con la ética, deberá garantizar un procedimiento justo en el que el autor pueda presentar sus descargos.
3. Deberes de los árbitrosLos árbitros deben evaluar si el trabajo enviado cumple con los requisitos de forma y fondo definidos por la revista. Sus juicios deberán ser fundados de tal manera que resulte claro por qué recomienda o no recomienda la publicación del trabajo y las eventuales modificaciones que sugiere.
El árbitro deberá desempeñar su labor de manera confidencial, objetiva y respetuosa. Asimismo, deberá informar al Consejo Editorial cualquier conflicto de interés que pudiere afectar su evaluación.
En especial, el árbitro deberá colaborar con el Consejo Editorial en la prevención del plagio y por consiguiente, le informará de cualquier indicio que surja de su revisión.
11. Derechos y responsabilidad del autor
Una vez admitido para publicación el trabajo, se entiende que el autor cede a la revista los derechos de reproducción del mismo, conservando la plena propiedad de la obra. En consecuencia, cualquier nueva publicación del trabajo, sea esta total o parcial, en papel o mediante alguna plataforma electrónica requerirá la autorización expresa de la Revista. Por su parte, el autor tendrá derecho a ser identificado como tal en todas y cada una de las publicaciones que de ella haga la Revista.
La publicación del trabajo se entiende hecha bajo licencia Creative Commons (CC) BY-NC.
La responsabilidad derivada de cualquier infracción a las leyes de propiedad intelectual o industrial relacionadas con el contenido o la autoría del trabajo corresponderá exclusivamente al autor en su calidad de dueño de la obra.
LISTA DE COMPROBACIÓN PARA LA PREPARACIÓN DE ENVÍOS
Como parte del proceso de envío, los autores/as están obligados a comprobar que su envío cumpla todos los elementos que se muestran a continuación. Se devolverán a los autores/as aquellos envíos que no cumplan estas directrices.
- El trabajo enviado es inédito, esto es, no ha sido publicado previamente ni se ha sometido a consideración de ninguna otra revista (o se ha proporcionado una explicación al respecto en los comentarios al editor/a), según consta en la carta de compromiso. link CARTA
- El archivo de envío está en formato Microsoft Word.
- El trabajo cumple con los requisitos formales (interlineado, fuente, extensión máxima, resumen y palabras clave, bibliografía) establecidos en las “Instrucciones para los autores”, que aparecen en “Acerca de la revista”.
- Siempre que resulta posible, se proporcionan direcciones URL para las referencias.
- El texto cumple con los requisitos estilísticos y bibliográficos contenidos en las "INSTRUCCIONES PARA LOS AUTORES"
DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD
Los nombres y las direcciones de correo electrónico introducidos en esta revista se usarán exclusivamente para los fines establecidos en ella y no se proporcionarán a terceros o para su uso con otros fines.