La regla de precedente

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Fabio Enrique Pulido Ortiz

Resumen

En este artículo se explican las características de la regla de precedente (RP). La RP, en sentido amplio, es aquella regla de los ordenamientos jurídicos que configura el funcionamiento de los precedentes judiciales (PJ). En los ordenamientos jurídicos puede existir de forma contingente una RP que establezca el carácter vinculante u obligatorio de los PJ. En este caso la RP desarrolla, por lo menos, tres funciones: 1) establecer las condiciones para la identificación de los PJ, 2) fijar las competencias para crear, derogar y aplicar los PJ vinculantes y 3) consagrar la forma en que los PJ exigen (obligan) la realización de actos o acciones. A partir de la distinción entre vinculación y obligación, se subraya que las sanciones son las consecuencias contingentes del incumplimiento del deber de seguir la RP y que la nulidad (o invalidez) es la consecuencia necesaria del incumplimiento de las condiciones vinculantes definidas en la RP.

Detalles del artículo

Cómo citar
Pulido Ortiz, F. E. (2021). La regla de precedente. Revista De Derecho, 34(2), 9–28. https://doi.org/10.4067/S0718-09502021000200009
Sección
INVESTIGACIONES
Biografía del autor/a

Fabio Enrique Pulido Ortiz, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana, Colombia.

Abogado, Universidad Católica de Colombia. Magíster en Derecho Constitucional, Universidad de Palermo, Argentina. Doctor en Derecho, Universidad de Buenos Aires, Argentina. Profesor Asociado de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana, Colombia.