Utopía, ¿Stultifera insula? Consideraciones en torno al juicio de un detractor
Conteúdo do artigo principal
Resumo
Cuando en su pretenciosa y trasnochada Summa Philosophica el Cardenal Tomasso Maria Zigliara (al parecer, un autor de gran prestigio e influencia para la doctrina católica de fines del siglo XIX) se ocupe del llamado “comunismo” va a señalar con razón como uno de sus antecedentes más importantes a la célebre Utopía, de Tomás Moro, al tiempo que va a calificar a la tesis central allí defendida (la de la sustitución de la propiedad privada por la propiedad común) como “no menos impía que insensata” (non minus impia quam stulta). Aunque, desde luego, este “librillo verdaderamente dorado” no necesita en absoluto de defensa, quizás la acusación del docto Cardenal pueda ser tomada como una inmejorable ocasión para reflexionar sobre su significación y actualidad. Con tal propósito, en el presente trabajo me ocuparé, en primer lugar, de aclarar el sentido y alcance de los términos de dicha acusación (rayana en la condena) y de mostrar las razones por las que Zigliara considera que resultan aplicables a Utopía. E intentaré, luego, elaborar una posible respuesta a la misma. Solo que la estrategia de mi alegato no consistirá, pues, en sostener que nuestro autor no sería merecedor de la tan grave acusación de impiedad e insensatez; sino en plantear si no podría ser el caso que, efectivamente, haya incurrido en estos dos “delitos”, pero que justamente resida allí el mayor mérito y grandeza de su pensamiento.
Detalhes do artigo
Este trabalho está licenciado sob uma licença Creative Commons Attribution-NonCommercial 4.0 International License.
Usted es libre de compartir (copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato) y adaptar (remezclar, transformar y construir sobre el material). El licenciante no puede revocar estas libertades siempre y cuando usted siga los términos de la licencia.
La licencia se da bajo los siguientes términos:
Atribución: debe dar el crédito adecuado, proporcionar un enlace a la licencia e indicar si se realizaron cambios. Puede hacerlo de cualquier manera razonable, pero no de ninguna manera que sugiera que el licenciante lo respalda a usted o a su uso.
No comercial: no puede utilizar el material con fines comerciales.
Sin restricciones adicionales: no puede aplicar términos legales o medidas tecnológicas que restrinjan legalmente a otros de hacer cualquier cosa que la licencia permita.